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La Corte obliga a incorporar a Perfil en el reparto de la publicidad oficial

Por unanimidad, los jueces ratificaron un fallo anterior en respuesta al amparo de la editorial, que se sintió discriminada por el Estado nacional.

02 de marzo de 2011 a las 02:40 p. m.
Agencia DYN
La Corte obliga a incorporar a Perfil en el reparto de la publicidad oficial

La Corte Suprema ratificó el fallo que obliga al Estado nacional a incorporar a los medios de la Editorial Perfil en el reparto de la pauta oficial.La novedad surgió hoy con el voto unánime de los siete miembros del máximo tribunal argentino, según informó el Centro de Investigaciones Judiciales (CIJ).

La Corte confirmó así la sentencia dispuesta por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había emplazado al Estado a disponer "la distribución de publicidad oficial en la distintas publicaciones de la editorial amparista, respetando un equilibrio razonable con aquéllas de análogas características”.

El fallo vino a ratificar la sentencia que, en febrero de 2009, revocó un fallo de primera instancia y ordenó al Estado nacional que "en quince días disponga la distribución de publicidad oficial" en las revistas de Perfil.

Al hacer lugar al recurso de amparo, consideró que en el reparto publicitario "se encuentran directamente en juego el alcance de las cláusulas contenidas en los artículos 14, 16 y 32 de la Constitución Nacional, y en los artículos 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos".

La sentencia se produjo en la causa "Editorial Perfil S.A. y otro c/ Estado Nacional - Jefatura de Gabinete de Ministros - Secretaría de Medios de Comunicación s/ amparo" y ahora el juzgado de primera instancia deberá llevar a cabo la ejecución de la sentencia, para que Perfil empiece a cobrar pauta oficial.

El fallo ratifica en lo sustancial la doctrina sentada en otros anteriores a propósito del recurso planteado por "Editorial Río Negro", en febrero de 2007.