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Revierten la anulación de multa por no usar casco

El intendente de Santa Rosa de Calamuchita dijo que analiza acciones contra el juez de Faltas que la otorgó.

05 de abril de 2010 a las 03:10 p. m.
Revierten la anulación de multa por no usar casco
CALAMUCHITA. Motociclistas sin casco (Archivo).

El intendente de Santa Rosa de Calamuchita, Claudio Chavero, dijo a La Voz que "ya vetó" la decisión del juez de Faltas de Santa Rosa de Calamuchita, Ricardo Gigena, por la que dos motociclistas fueron eximidos de multa por no llevar casco y dijo que resolverá en los prómimos días si le solicita que deje el cargo.

"No está resuelto", dijo este mediodía al ser consultado acerca de qué tipo de acción iba a llevar a cabo el municipio tras la polémica resolución que dio a conocer este diario y que hoy acaparó críticas de autoridades de distinto nivel, entre ellas el ministrio del Interior de la Nación, Florencio Randazzo, quien directamente lo calificó de "fallo a favor de la muerte"  (ver Randazzo dice que juez de Calamuchita...).

"Con un fallo de estos, no tendría que haber inspectores ni controles. Voy a rechazar la decisión del juez. Entendemos que el juez no puede apoyarse en una ley de estupefacientes. El que se encuentre damnificado deberá ir a la Justicia. Esto tiene que quedar bien claro. Vamos a tomar en estos días una medida ejemplificadora", agregó.

La resolución de Gigena es sobre una multa del 8 de octubre aplicada a dos personas de Provincia de Buenos Aires, por lo que todavía no está claro cuál es el mecanismo utilizado por el intendente para revertir el fallo, porque si bien el juez de Faltas tiene una autoridad inferior, hay que tener en cuenta el tiempo transcurrido (ver Un juez de Faltas concede el derecho a no usar casco 4/04/10). Defensa. El juez Gigena intentó defenderse de los cuestionamientos por distintos medios luego de su resolución.

"Mi posición es en favor del uso del casco. Yo estoy a favor del uso de estos elementos", dijo Gigena, quien aseguró que pretende "desenmascarar un poco la hipocresía de la legislación nacional y provincial" porque "los cascos que utiliza la mayoría de la gente no responden a la normativa que requiere la legislación y se constituyen muchas veces en artefactos que agravan el problema" en lugar de disminuirlos.Su resolución se basa en que llevar casco "es una cuestión personal", tal como lo plantea un fallo de la Corte Suprema de Justicia pero para la tenencia de droga para consumo personal. Es lo que solicitaron Ariel Dimasi y Juan Fullana, amparándose en el fallo "Arriola"."No corresponde toda vez que como personas mayores de edad tenemos el derecho de elegir si usamos o no el casco. Si se permite la tenencia de estupefacientes para consumo propio, fundado en un acto privado amparado por la Constitución Nacional, también tenemos el derecho a elegir si usamos el caso o el cinturón de seguridad. Es un derecho personalísimo y privado que no afecta derecho de terceros", expusieron en su escrito.Con la misma línea argumental que el caso que llegó a la Corte, el juez de Faltas de Santa Rosa admitió el criterio de la libertad individual, la protección de la privacidad y la no afectación a terceros, por sobre la ordenanza que exige el uso de casco."El uso del casco o cinturón de seguridad en personas mayores comprende la intimidad, la conciencia, el derecho de disponer de sus actos, de su obrar, de su propio cuerpo, de su vida, en ejercicio de su libertad", expresó un párrafo de la resolución firmada por Gigena.Consultado por este diario, el juez de Faltas y abogado calamuchitano sostuvo que se trata "de un planteo que cada vez cobra más vigencia", aunque marcó que después de esa resolución, que en realidad suscribió hace dos meses, no tuvo que resolver ningún otro descargo similar. Apuntó que la mayoría de los sancionados en Santa Rosa por esa infracción pagan la multa por presentación espontánea.