Pedirán la renuncia del juez de Faltas de Calamuchita
El intendente Chavero le pedirá a Ricardo Gigena que deje el cargo. Había fallado a favor de no usar cascos.
El intendente de Santa Rosa de Calamuchita, Claudio Chavero, aseguró hoy que le pedirá la renuncia al juez de Faltas municipal, Ricardo Gigena, que en un fallo eximió a dos motociclistas de pagar la multa labrada por inspectores por circular en moto sin casco.
“El juez es nombrado por una ordenanza por el Concejo Deliberante, y el intendente sólo no tiene la facultad de removerlo. Vamos a analizar en el día de mañana, vamos a hacer un decreto y a ver que medidas le corresponde al juez. En base a eso yo le voy a pedir la renuncia, y sino renuncia vamos a ir hasta las últimas consecuencias", señaló a Mitre 810 el jefe comunal.
La decisión de Gigena fue anulada ayer por Chavero, quien precisó que la dejó sin efecto porque “es un absurdo total” y que por eso la rechazó “rotundamente”.
La resolución de Gigena es sobre una multa del 8 de octubre aplicada a dos personas de Provincia de Buenos Aires.
Defensa. El juez Gigena intentó defenderse de los cuestionamientos por distintos medios luego de su fallo."Mi posición es en favor del uso del casco. Yo estoy a favor del uso de estos elementos", dijo Gigena, quien aseguró que pretende "desenmascarar un poco la hipocresía de la legislación nacional y provincial" porque "los cascos que utiliza la mayoría de la gente no responden a la normativa que requiere la legislación y se constituyen muchas veces en artefactos que agravan el problema" en lugar de disminuirlos.
Su resolución se basa en que llevar casco "es una cuestión personal", tal como lo plantea un fallo de la Corte Suprema de Justicia pero para la tenencia de droga para consumo personal. Es lo que solicitaron Ariel Dimasi y Juan Fullana, amparándose en el fallo "Arriola".
"No corresponde toda vez que como personas mayores de edad tenemos el derecho de elegir si usamos o no el casco. Si se permite la tenencia de estupefacientes para consumo propio, fundado en un acto privado amparado por la Constitución Nacional, también tenemos el derecho a elegir si usamos el caso o el cinturón de seguridad. Es un derecho personalísimo y privado que no afecta derecho de terceros", expusieron en su escrito.
Con la misma línea argumental que el caso que llegó a la Corte, el juez de Faltas de Santa Rosa admitió el criterio de la libertad individual, la protección de la privacidad y la no afectación a terceros, por sobre la ordenanza que exige el uso de casco.

