Ningún radar o semáforo filmado cumple con la ley
La Provincia insiste en que los equipos utilizados en las rutas por varias localidades no cuentan con los requisitos exigidos.
El Gobierno de Córdoba insiste en que ninguno de los sistemas de cámaras o radares utilizados por municipios para registrar infracciones de tránsito sobre las rutas cumple con la ley provincial. Sin embargo, una quincena de localidades los sigue usando en la actualidad para sancionar infracciones sobre las rutas que las atraviesan.
La discusión sobre la legalidad de esos sistemas lleva años, pero nunca termina de quedar resuelta.
Los municipios insisten en que tienen autonomía para aplicar normas de tránsito dentro de sus radios urbanos. La Provincia, en cambio, argumenta que sobre rutas nacionales y provinciales que atraviesan pueblos o ciudades “sin perder continuidad”, la jurisdicción es compartida y ningún municipio puede disponer medidas contrarias a la ley provincial de tránsito.
En este marco, desde la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia se aseguró a este diario que ninguno de los sistemas aplicados en municipios sobre rutas está hoy autorizado por el Gobierno de Córdoba.
Ley discutida. Luego de un vacío legal, la Provincia legisló años atrás en la materia. En 2004 se reglamentó la ley provincial de tránsito. Estableció que los municipios podrían usar esos sistemas sobre rutas mientras contaran con su habilitación.
Con ese esquema, en 2006 se autorizó a un par de municipios a utilizarlos. Mientras, otros siguieron labrando actas sin cumplir esas exigencias.
En 2007 se agregaron a esa reglamentación requisitos puntuales para estos casos. Entre otros, que las cámaras o radares fueran homologados por el órgano oficial Inti y que las actas debían ser labradas por inspectores y entregadas al momento del hecho, y no enviadas por correo días o semanas después. De algún modo, lo que la propia Provincia aplica como criterio para su Policía Caminera desde hace un año.
Miguel Ledesma, director de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia, señaló que desde hace unos dos años, como ningún municipio cumplía todos los requisitos, no hay uno solo con autorización provincial. “Por lo tanto, ninguno cumple la ley”, acotó el funcionario.
Los que siguen. Hoy son unos 15 los municipios y comunas –casi todos en el centro de la provincia– que tienen en uso sistemas de cámaras o cinemómetros (radares), con los que sancionan, según los casos, infracciones como el cruce de semáforos en rojo, velocidad superior a la permitida, adelantamiento en tramos de doble raya pintada o circulación sin luces bajas encendidas. Algunos se preparan para agregar el no uso de cinturón de seguridad.
En pocos casos se advierte a los conductores, mediante señalización bien visible, la existencia de esos aparatos.
Los que dejaron. Hace unos años, la cantidad de municipios que aplicaban estos sistemas era aun mayor. Por los conflictos generados, por aceptar la posición provincial o por cambios de sus autoridades locales, dejaron de aplicarlos los municipios de General Cabrera, Baigorria, Tancacha, Pasco, Luca, Tío Pujio, Laguna Larga, Ausonia, Santiago Temple, El Tío, Devoto, Despeñaderos, Carnerillo, Mayú Sumaj y San Roque, entre otros. En Fotheringham, sobre la ruta 6, la comuna asegura que no está usando el sistema, pero hay conductores que señalan que han recibido recientes notificaciones.
Mientras, en los últimos meses se agregaron algunos nuevos a la lista de los que sí multan por este método. El caso más reciente es Embalse, en Calamuchita, que semanas atrás estrenó dos cámaras sobre la ruta 5, que la atraviesa.
En su vecina Villa del Dique funcionan cámaras sobre la ruta desde las que se accede al pueblo. Allí no hay semáforo, pero labran actas por adelantamiento en doble línea, luces bajas no encendidas y próximamente también por no uso del cinturón.
En Almafuerte, el Concejo Deliberante no convalidó el contrato con una empresa, por entender que no se respetaba la ley provincial. Pero el Ejecutivo resolvió convalidarlo por su cuenta para mantenerlo vigente.
Sobre la ruta 19, hay radares en Arroyito y Monte Cristo que controlan la velocidad y multan a los que circulan a más 80 km.
En Villa Ciudad Parque, pegado a Villa General Belgrano, lo que se “espía” es sólo si llevan las luces encendidas.
En Dalmacio Vélez, sobre la ruta nacional 158, aseveran que en el horario de control, de 7 a 22, hay inspectores presentes.
Cuánto cobran. Los costos de las multas varían, según el municipio y la empresa. En promedio, la mayoría de las multas cuesta entre 230 y 250 pesos, si se pagan en forma voluntaria apenas llega la notificación al domicilio. Las siguientes intimaciones van elevando la cifra.
Por ejemplo, un automovilista multado a mediados de 2009 por el municipio de General Roca, por circular en la ruta a 70 kilómetros cuando la máxima establecida era 60, no pagó hasta ahora. Con la tercera intimación que le acaba de llegar, la cifra exigida es de 806 pesos, advirtiéndole que es la “última instancia administrativa antes de iniciar acciones judiciales”.
En realidad, son tres o cuatro las firmas dedicadas a estos rubros, siempre asociadas a estudios jurídicos, las que concentran la actividad.
Las empresas montan y operan el sistema y se quedan con el 70 u 80 por ciento de lo que efectivamente recauden por multas. El resto va a los municipios.
Que sea un sistema tercerizado a empresas que lo transforman en una actividad lucrativa es uno de los puntos más criticados por sus detractores.
Dentro de las ciudades, es otra historia
Si no son rutas. La Municipalidad de Córdoba acaba de anunciar la intención de colocar cámaras para filmar y sancionar infracciones de tránsito en sus calles y avenidas. Río Cuarto ya tiene vigente un programa de "foto- multas" en su zona urbana. Otras ciudades no lo descartan. En Río Tercero, por ejemplo, una licitación para la provisión de equipos con ese fin quedó desierta y se anuncia un probable contrato directo para lograr la adjudicación.Casos legales. Desde la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia admitieron que dentro de las zonas urbanas, los municipios son autónomos para aplicar criterios propios de control. "Si no es ruta, no hay objeción", se acotó. Confusión. Los municipios que aplican semáforos filmados o radares sobre las rutas que los atraviesan argumentan que están dentro de sus radios urbanos. Pero desde la Provincia se aclara que la misma ley interpreta que son de jurisdicción provincial "las rutas que atraviesan núcleos urbanos, sin perder continuidad". Y en ese punto, aclaran que no es lo mismo una ruta que "se pierde" al acceder a una gran ciudad que una que tiene clara continuidad, como las que pasan por la mayoría de los pueblos. En las "travesías urbanas" de rutas nacionales o provinciales, la jurisdicción es compartida por el municipio y la Provincia. Y esa ley vigente establece que los municipios no pueden decidir acciones que contradigan la norma provincial.
Libro de quejasMuchos usuarios reclaman, sobre todo ante multas por adelantamiento o velocidad superior a la permitida, que los mínimos exigidos son "tramposamente" bajos para ser rutas y que casi nunca están bien señalizados. Otra queja habitual es que el mecanismo de descargo y defensa es engorroso.
Defensas y ataquesIntendentes que defienden el sistema señalan que si no hubiera infracciones, no habría multas. Y que algunos ataques al sistema parecen defensas de los infractores.
¿Pagar o no pagar?
La gran pregunta. Si la Provincia dice que no son legales y los municipios que sí lo son, ¿pago la multa o no? Es la pregunta de quienes reciben en su casa las notificaciones o intimaciones que envían las empresas privadas y estudios jurídicos que operan estos sistemas en sociedad con los municipios. Sugerencia. Desde la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia "se sugiere", desde hace varios años, no pagar, pero formulando por escrito un descargo, argumentando que el sistema no está autorizado por la Provincia. Aun así, la duda subsiste, porque el estudio jurídico contratado suele llegar a amenazar con remitir el caso a juicio para su cobro. La clave. Un punto clave es que ninguna demanda de los municipios llegó en realidad a la Justicia, como para que aparezca un fallo, y al final del proceso aparezca una jurisprudencia del Tribunal Superior, que defina de una vez si es legal o no esta práctica, en el modo en que hoy se aplica. Un intendente de una ciudad que ya no tiene el sistema relató que en realidad las empresas contratadas no mandan a juicio ninguna multa impaga por temor a un fallo judicial desfavorable, que cerraría la posibilidad de mantener este esquema en pie.

