Temas del día:

Suspensión de demoliciones en el Cerro de las Rosas: qué dice la resolución judicial

Si bien había consignado que la Cámara Contencioso Administrativa de 2ª Nominación de Córdoba solicitó paralizar una demolición que ya había ocurrido, en realidad se trataba de otro inmueble.

19 de octubre de 2021 a las 06:52 a. m.
Suspensión de demoliciones en el Cerro de las Rosas: qué dice la resolución judicial
Casa del Cerro de las Rosas en la esquina de Tejeda y Reynafe, que la Justicia impidió su demolición. (Ramiro Pereyra /La Voz)

La Justicia de Córdoba rectificó una información que difundió esta mañana en la que consignaba una resolución de la Cámara Contencioso Administrativa de 2ª Nominación que ordenaba suspender la demolición de un inmueble ubicado en calle José Roque Funes esquina Nicanor Carranza, de barrio Cerro de las Rosas, inmueble que ya había sido demolido.

La noticia suscitó distintas reacciones de los vecinos de la zona.

La información correcta indica que lo que la citada Cámara ordenó suspender fue cualquier tipo de “obras de índole privada” en un inmueble ya demolido “hasta tanto se acredite la evaluación del impacto ambiental, previo a una audiencia pública”.

La casona, ya demolida. (La Voz / Ramiro Pereyra)
La casona, ya demolida. (La Voz / Ramiro Pereyra) (Ramiro Pereyra)

Además, dispuso librar oficio a la Municipalidad de Córdoba para que arbitre los medios necesarios para el inmediato cumplimiento de la medida cautelar ordenada en una decisión anterior.

En tanto, sí ordenó la suspensión de la demolición de una casa ubicada sobre Luis José de Tejeda y Gobernador José Vicente Reynafe, también en el Cerro de las Rosas.

Según consignaron desde el TSJ, se alteraron las direcciones de ambos inmuebles, lo que provocó la confusión.

Cautelar del Centro Vencinal

Las medidas fueron dispuestas en una resolución firmada por la camarista Inés Ortiz de Gallardo que declara procedente una denuncia de incumplimiento de la medida cautelar formulada por el Centro Vecinal de Barrio Cerro de las Rosas, en relación con este inmueble.

En esa misma resolución, el tribunal ratificó un pronunciamiento anterior que había ordenado a la Municipalidad de Córdoba abstenerse de autorizar la remoción del arbolado en barrio Cerro de las Rosas y la destrucción de inmuebles de valor patrimonial cultural e histórico de la zona. Asimismo, confirmó las medidas cautelares que impiden a la comuna habilitar emprendimientos que no respeten la normativa de uso del suelo y no cumplan con las exigencias para el volcamiento de efluentes.

La casona, ya demolida. (La Voz / Ramiro Pereyra)
La casona, ya demolida. (La Voz / Ramiro Pereyra) (Ramiro Pereyra)

Se destacó que la identidad barrial y la escala barrial, en sitios tradicionales de la ciudad de Córdoba, como es el barrio Cerro de las Rosas, uno de cuyos valores es la “tranquilidad de la vida barrial”, se altera cuando tales elementos son atravesados por políticas de renovación urbana que generan una tensión con los vecinos tradicionales, con motivo de procesos urbanos -económicos y sociales- que tienen alta potencialidad para producir pérdidas fundamentales, en los elementos identitarios positivos, que tradicionalmente son reconocidos como puntos de partida de la construcción social de esa identidad propia, en un proceso histórico significativo.

El tribunal también confirmó la medida cautelar que había decretado la prohibición de innovar de la ejecución del proyecto que estaba ejecutándose sobre una parcela ubicada en la Beatriz Galindo esquina Fernando Fader, hasta tanto se acreditara la evaluación de impacto ambiental municipal y la licencia ambiental provincial correspondientes.

Todas estas decisiones jurisdiccionales fueron adoptadas en la resolución que no hace lugar al pedido de cancelación de la medida cautelar efectuado por un tercero interesado, con relación a la obra que se está construyendo en la calle Beatriz Galindo 1921, de Barrio Cerro de las Rosas.

El fallo

El fallo ordena “declarar procedente la denuncia de incumplimiento de la medida cautelar y, en consecuencia, ordenar la inmediata suspensión y/o paralización de todo acto de ejecución de obra privada sobre el inmueble ubicado en calle José Roque Funes esquina Nicanor Carranza, parcela D05 Z13 M20 P024, hasta tanto se acredite haber realizado la evaluación de impacto ambiental, previa audiencia pública en base a la Ley N° 10.208 y la normativa nacional y municipal complementaria”.

Por otro lado, afirma “declarar procedente la denuncia de incumplimiento de la medida cautelar y, en consecuencia, ordenar la inmediata suspensión y/o paralización de todo acto tendiente a demoler el inmueble ubicado en la esquina de calles Luis José de Tejeda y Gobernador José Vicente Reynafe, Nomenclatura Catastral: 05.08.014.001, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en esta causa”.