Córdoba. Límite de velocidad, seguro y sin auriculares: Villa del Rosario reguló la circulación de monopatines

La nueva ordenanza establece una edad mínima para conducir, uso obligatorio de casco, sistema de luces, bocina y más. Uno por uno, los requisitos para poder circular en vehículos de movilidad unipersonal.

10 de julio de 2026 a las 05:54 p. m.
Límite de velocidad, seguro y sin auriculares: Villa del Rosario reguló la circulación de monopatines
Monopatín eléctrico

La localidad cordobesa, Villa del Rosario, aprobó la Ordenanza N.° 1870-A-2026, que regula la circulación de monopatines y demás vehículos eléctricos de movilidad unipersonal en la ciudad.

La normativa busca ordenar el uso de estos medios de transporte y reforzar la seguridad vial mediante la incorporación de requisitos técnicos, condiciones de circulación, prioridades de paso y un régimen de sanciones para quienes incumplan las disposiciones.

Edad mínima y requisitos para conducir

Uno de los principales cambios que introduce la ordenanza es que sólo podrán conducir estos vehículos las personas mayores de 16 años.

Además, los usuarios deberán circular con su Documento Nacional de Identidad (DNI) o la aplicación Mi Argentina y contar con un seguro de responsabilidad civil.

La norma también prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, así como utilizar teléfonos celulares, auriculares u otros dispositivos que puedan generar distracciones durante la conducción.

Qué elementos de seguridad serán obligatorios

La ordenanza establece que todos los monopatines eléctricos deberán contar con determinados elementos de seguridad para poder circular:

  • Casco protector homologado
  • Sistema de frenos en correcto funcionamiento
  • Luz delantera blanca y luz trasera roja encendidas durante la circulación
  • Bocina o sistema de alerta sonora
  • Elementos reflectivos, como chalecos o bandas, especialmente durante la noche.

También queda prohibido transportar pasajeros, animales, cargas o cualquier otro elemento que pueda afectar la estabilidad, la movilidad o la visibilidad del conductor.

Límites de velocidad

La nueva reglamentación fija velocidades máximas según el tipo de vía:

  • En ciclovías y bicisendas, los monopatines eléctricos podrán circular hasta un máximo de 20 kilómetros por hora.
  • En calles y avenidas, el límite será de 30 kilómetros por hora, respetando los sentidos de circulación establecidos.