Córdoba. La Justicia ordenó la cobertura inmediata de un tratamiento de fertilidad para una pareja de dos mujeres

La medida cautelar del juez obliga a una prepaga a costear el tratamiento de fertilidad para la pareja, de forma total y urgente.

04 de julio de 2026 a las 07:07 p. m.
La Justicia ordenó la cobertura inmediata de un tratamiento de fertilidad para una pareja de dos mujeres
Fachada Tribunales Federales oral 1 Foto: Pedro Castillo / La Voz

El juez Alejandro Sánchez Freytes del Juzgado Federal N.º 2 de Córdoba hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Asociación Mutual Sancor Salud cubrir de manera integral un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad mediante el método Ropa (Recepción de Óvulos de la Pareja) solicitado por una pareja de dos mujeres.

La resolución dispuso que la empresa de medicina prepaga debía garantizar el 100 por ciento de la cobertura en un plazo de 72 horas desde la notificación. El alcance incluyó medicación, prácticas médicas complementarias, conservación de embriones y todas las prestaciones necesarias para la realización del procedimiento indicado por el equipo médico.

En términos prácticos, la medida cautelar obliga a la prepaga a cubrir el tratamiento de inmediato, sin esperar a que la Justicia dicte la sentencia definitiva sobre el amparo presentado por la pareja.

La acción de amparo fue presentada con el patrocinio de los abogados del estudio jurídico Righetti Gandione & Grounds Bureau Legal.

Maternidad compartida

El método Ropa es una técnica de reproducción asistida de alta complejidad que permite que ambas integrantes de una pareja de mujeres participen activamente del proceso reproductivo.

Consiste en la extracción de óvulos de una de las mujeres, su fecundación mediante fertilización in vitro con semen de donante anónimo y la posterior transferencia del embrión al útero de la otra integrante, quien lleva adelante el embarazo. De esta forma, pueden llevar a cabo una maternidad compartida.

Según surge del expediente, las dos mujeres que pidieron el amparo -de 36 y 31 años- se encuentran afiliadas a la prepaga demandada y buscan acceder al tratamiento indicado por su médico, quien diagnosticó un cuadro de subfertilidad y anovulación crónica, entre otras consideraciones clínicas.

En la presentación judicial, señalaron que Sancor Salud rechazó en reiteradas oportunidades la cobertura del procedimiento, incluso tras la intervención de la Superintendencia de Servicios de Salud, y que sugirió que las mujeres optaran por técnicas de baja complejidad como alternativa.

Ellas lo consideraron insuficiente y argumentaron que con esos métodos no pueden participar activamente y de forma igualitaria en el proceso del embarazo.

Un antecedente en Córdoba

El juez sostuvo que la documentación médica aportada acredita la indicación del tratamiento y que el caso presenta analogía con un precedente de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que ya había reconocido la cobertura del método ROPA por parte de la misma entidad demandada (Sancor Seguros).

En ese sentido, el fallo remarca que el método se encuentra comprendido dentro de las técnicas de reproducción médicamente asistida reguladas por la Ley 26.862 y su decreto reglamentario, y que, en esta etapa preliminar del proceso, no puede considerarse una elección arbitraria o carente de sustento médico.

También entendió que se encuentran reunidos los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, en atención a la naturaleza de la prestación solicitada y al impacto del paso del tiempo en los tratamientos de fertilidad.

En su análisis, el juez también destacó que la técnica indicada constituye la única alternativa que permite a ambas integrantes del vínculo participar biológica y activamente en el proceso de maternidad compartida, conforme la indicación médica acompañada.

La resolución dispone que la cobertura deberá brindarse hasta que se dicte la sentencia definitiva en la acción de amparo.

Si bien la resolución fue apelada por Sancor Salud, la apelación fue concedida con efecto devolutivo, por lo que la medida cautelar continúa vigente y la prepaga debe cumplir con la cobertura mientras la Cámara Federal de Apelaciones analiza el recurso.

Según indicó la representación legal de la pareja, la empresa ya solicitó la actualización de la documentación médica necesaria para avanzar con el tratamiento.

Ante el inicio del receso invernal, presentarán este lunes un pedido de habilitación de feria para evitar retrasos, con la expectativa de que el tratamiento pueda comenzar la semana siguiente.