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Un fallo rechazó criminalizar el ejercicio de la prostitución en un departamento

La Justicia consideró que no había indicios de explotación o trata de personas, y por lo tanto no había delito.

23 de mayo de 2012 a las 12:50 p. m.
Agencia DyN
Un fallo rechazó criminalizar el ejercicio de la prostitución en un departamento

Otro fallo de la Cámara del Crimen rechazó criminalizar el ejercicio de la prostitución con habitualidad en un departamento privado, por parte de mujeres mayores de edad y sin que existan indicios de explotación o trata de personas.

La Sala Primera de la Cámara, con las firmas de los jueces Luis Bunge Campos y Alfredo Barbarosch, ratificó que en un departamento de esta Capital, al menos una mujer ejercía la prostitución, y promocionaba sus servicios sexuales a través de Internet y de volantes entregados en la calle.

La causa se inició el 29 de julio de 2011 ante la Seccional 3l de la Policía Federal, "por la constatación del personal de la Brigada del ejercicio de la prostitución en el domicilio".

Esa circunstancia fue corroborada porque "dos testigos refirieron haber concurrido hasta el lugar donde mantuvieron relaciones sexuales a cambio de un canon dinerario; y en todos los casos fueron recibidos por una mujer con quien convinieron el precio y tiempo del servicio sexual requerido para, posteriormente, consumar el acto y retirarse del lugar".

La Cámara determinó que "han existido reiteradas investigaciones en dicho inmueble en orden a la posible infracción a la Ley 12.331 (de profilaxis de enfermedades venéreas) y, en todos los casos, se ha resuelto dar fin a las causas".

El fallo establece que efectivamente "en el domicilio se estaría ejerciendo la prostitución, y su habitualidad en el tiempo", pero aclara que esa constatación se produjo "sin que el informe elevado por la Jefatura de la Unidad Especial de Investigaciones y Procedimientos Judiciales de Gendarmería pudiera aportar dato alguna para sostener la presunta infracción de la ley 12.331".

"Se especifican los servicios allí prestados, los importes que se abonarían a una encargada, y nombres de fantasía que utilizarían las mujeres que los prestan", lo que no constituye delito, según la legislación penal vigente.