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El acoso por Internet es delito y se pena con hasta cuatro años de prisión

Se publicó hoy en el Boletín Oficial la ley que establece que el "Grooming" es un delito que será penado con cárcel.

11 de diciembre de 2013 a las 12:22 p. m.
Agencia DYN
El acoso por Internet es delito y se pena con hasta cuatro años de prisión
DELITO. La ley reprime el acoso sexual a un menor por Internet o teléfono (AP).

El Poder Ejecutivo promulgó hoy, mediante la publicación en el Boletín Oficial, la ley que establece que el grooming o acoso a través de Internet es un delito que será penado con cárcel de entre seis meses y cuatro años.

"Será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma", establece la nueva legislación.

Mediante el Decreto 2036/2013 -firmado por la presidenta Cristina Fernández; el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y el ministro de Justicia, Julio Alak- fue promulgada la Ley 26.904, que incorpora al Código Penal el artículo 131.

La norma fue sancionada por el Congreso el 13 de noviembre pasado, cuando la Cámara de Senadores completó la aprobación de la ley que llenó el vacío legal para combatir lo que internacionalmente se conoce como grooming.

La ley reprime al adulto que contacte por Internet (vía e-mail o redes sociales) o por medios electrónicos (por celular) a un menor con el objetivo expreso de cometer un delito contra su integridad sexual.