Familia. Deudores alimentarios no podrán ingresar a las canchas de Córdoba: la medida y los casos que la anteceden

La Provincia incorporará al programa Tribuna Segura un sistema de control que prohibirá el ingreso de personas que sean identificadas como deudores alimentarios morosos.

16 de mayo de 2026 a las 05:40 p. m.
Deudores alimentarios no podrán ingresar a las canchas de Córdoba: la medida y los casos que la anteceden
Tribuna segura.

Las personas registradas como deudores alimentarios morosos ya no podrán ingresar a los estadios de fútbol en Córdoba. La medida comenzará a aplicarse en el marco del programa Tribuna Segura, desde este próximo lunes. Ya estará activa en el próximo partido que disputen los equipos cordobeses en la provincia.

No se trata de una iniciativa original de Córdoba, sino que la Provincia adherirá a la nueva disposición implementada por el Ministerio de Seguridad Nacional mediante la Resolución 429/2026, que incorpora al programa Tribuna Segura la prohibición de ingreso a estadios de fútbol para personas registradas como deudores alimentarios morosos.

El control será mediante el escaneo obligatorio del DNI en los accesos a los estadios, que mostrará las bases de datos del Registro Nacional de las Personas (Renaper), el Sistema Federal de Comunicaciones Policiales (Sifcop) y el Sistema de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos (Sisef). Esto permitirá detectar si tienen pedido de captura, restricciones de ingresos, antecedentes violentos o medidas administrativas vigentes.

“Las canchas son para las familias, para los hinchas que viven el fútbol en paz y para quienes cumplen con la ley y con sus responsabilidades”, explicó el ministro de Seguridad, Juan Pablo Quinteros, y agregó: “Quien no cumple con sus propios hijos tampoco puede pretender ingresar normalmente a un espectáculo deportivo masivo”.

La medida comenzará a aplicarse en los operativos de seguridad deportiva que se desarrollan en toda la provincia y alcanza a aquellas personas incluidas en el Registro Público de Alimentantes Morosos o registros equivalentes, sobre quienes existan medidas judiciales o administrativas vinculadas al incumplimiento de la cuota alimentaria de sus hijos, informaron desde la Provincia.

Desde la Provincia refuerzan la gravedad que tiene no cumplir con el pago de la cuota alimentaria: “Estamos hablando de obligaciones básicas con niños y adolescentes. El que abandona a sus hijos también le falla a la sociedad”, dijo Quinteros.

Más presión para deudores alimentarios

La medida a que pondrá en marcha el Ministerio de Seguridad se suma a otras herramientas que intentaron desde la Justicia provincial y que buscan el pago de la cuota alimentaria, como la suspensión de servicios como líneas telefónicas, la imposibilidad de renovar el carné de conducir o la prohibición de acceso a espectáculos artísticos o deportivos.

Estas disposiciones han alcanzado en algunos casos no sólo a los progenitores, sino también a otros integrantes del entorno familiar, como parejas convivientes o abuelos.

Tribunales de familia
Tribunales de familia ((Ramiro Pereyra / Archivo))

En Córdoba, en el último tiempo, algunos fallos judiciales tuvieron fuerte repercusión por la dureza de las medidas aplicadas para garantizar el pago de cuotas alimentarias, como el del Juzgado de Huinca Renancó, donde se ordenaron medidas como la retención del carnet de conducir, la suspensión de líneas telefónicas y el embargo de bienes de un padre incumplidor.

También fue difundida hace algunos años la decisión del Juzgado de Familia de 4° Nominación de Córdoba que prohibió el ingreso a la cancha de Belgrano y la renovación del carnet de socio a un hombre que había incumplido el pago de la cuota alimentaria de su hijo durante tres años.

Otro de los casos más recientes es el fallo del Juzgado de Familia 6° Nominación que dispuso que la esposa actual de un padre incumplidor responda de manera solidaria por la cuota alimentaria de su hija. Esto ocurrió en la ciudad de Córdoba.

Tiene que ver con la figura que la ley define como progenitor afín, es decir, la pareja del padre o la madre que convive con el menor.

Un tribunal decidió que la esposa de un padre deudor debía hacerse cargo de la cuota de la hija adolescente de él. Lo curioso es que no había un vínculo afectivo entre ellas, pero la jueza aplicó el principio de solidaridad familiar.

A esta mujer le terminaron reteniendo el 50% de su sueldo de forma directa porque no cumplieron con el pago voluntario.

Tribunales de familia.
Tribunales de familia. ((Ramiro Pereyra / Archivo))

Es que, si el padre biológico no cumple, el procedimiento suele arrancar con la denuncia y la inscripción en el Registro de Deudores, lo que puede traerle desde la prohibición de ir a la cancha hasta no poder renovar el registro de conducir.

Pero todo se complica aún más cuando el deudor no tiene recibo de sueldo o trabaja en la informalidad. Ahí es cuando la Justicia puede ampliar el reclamo hacia los abuelos o hacia este progenitor afín.

Una noticia que resonó, fue que Sacanta, en el departamento de San Justo, se convirtió en una de las pioneras en el interior cordobés que impide el acceso a beneficios económicos municipales, descuentos por pronto pago y planes de pago con quitas de intereses, a aquellos progenitores incumplidores de la cuota alimentaria.

Según explicaron en ese momento, el proyecto surgió hablando con vecinos pero también con abogados, quienes le ratificaron que existe desde el último tiempo una mayor conflictividad en este aspecto.