Debaten en Uruguay proyecto de acceso a abortos no punibles
Desde el vecino país aseguran que no se trata de una “legalización” de la práctica.
La Cámara de Diputados de Uruguay podría convertir en ley esta medianoche un proyecto que establece plazos y requisitos para realizar abortos no punibles, pero "que no despenaliza" la interrupción voluntaria del embarazo "ya que sigue siendo un delito penal", afirmaron ONG de mujeres del país vecino.
"Este proyecto no despenaliza el aborto, porque lo mantiene como delito en el Código Penal", aseguró a Télam Alejandra López, co directora de la ONG uruguaya Mujer y Salud.
La iniciativa en debate establece que la interrupción del embarazo no será penalizada si se realiza antes de las 12 semanas de gravidez, pero para acceder a la práctica, la mujer deberá cumplir una serie de requisitos, como acudir a una consulta médica ante una institución del Sistema Nacional Integrado de Salud para que un equipo interdisciplinario evalúe la situación.
Luego, la mujer tendrá cinco días para ratificar su decisión mediante la firma de un consentimiento informado.
Es por eso que tanto López como la Coordinadora Aborto Legal (CAL) consideraron que el proyecto "no despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo, apenas suspende la pena siempre y cuando se cumplan con todos los trámites y plazos establecidos en los artículos".
La Coordinadora emitió un comunicado donde aseveró que "como el aborto seguirá siendo un delito, aunque la mujer cumpla con todo el procedimiento, puede ser denunciada", ya que su nombre quedará registrado cuando haga la consulta ante el sistema de salud. "Quién garantiza que no se la perseguirá", agregó López.
Para la CAL "no se le reconoce a la mujer el derecho a decidir libremente sobre su vida, su maternidad" y afirmó que la función del equipo multidisciplinario "es de convencerla para que no se practique el aborto".
El artículo 6 del proyecto establece la interrupción del embarazo, fuera de las 12 semanas, "cuando la gravidez implique un grave riesgo para la salud de la mujer. En estos casos se deberá tratar de salvar la vida del embrión o feto sin poner en peligro la vida o la salud de la mujer".
Otras causas. Las otras instancias contempladas para realizar abortos no punibles son en casos en que "se verifique un proceso patológico, que provoque malformaciones incompatibles con la vida extrauterina" y "cuando fuera producto de una violación acreditada con la constancia de la denuncia judicial, dentro de las catorce semanas de gestación".
Este punto fue considerado por las ONG "un retroceso en la legislación vigente", ya que la ley del año 1934 "no exige plazos a las mujeres que se encuentran en estas circunstancias".
Las mujeres menores de 18 y las declaradas incapaces, si no tienen el consentimiento de sus responsables, deberán presentarse ante el juez quien será el que autorice el procedimiento.

