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La Corte Suprema dispuso que se practique un aborto no punible

El tribunal suspendió la ejecución de una cautelar dictada por una jueza civil. Asegura que no existen obstáculos que impidan llevar a cabo la práctica solicitada por la interesada.

11 de octubre de 2012 a las 10:24 p. m.
Agencia DyN
La Corte Suprema dispuso que se practique un aborto no punible

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso hoy que se practique un aborto no punible en la ciudad de Buenos Aires, al asegurar que "no existen obstáculos que impidan llevar a cabo la práctica solicitada" por una mujer víctima de una violación.

La resolución fue difundida esta noche en respuesta a un fallo judicial dictado el martes pasado por la jueza nacional Myriam Rustán de Estrada, quien hoy fue apartada de la causa por la Cámara Civil.

Durante la jornada, el nuevo magistrado al frente del caso, Miguel Ricardo Guiraldes, había aceptado las apelaciones presentadas por la mujer que solicitó someterse a un aborto no punible y el gobierno porteño, que había autorizado la intervención quirúrgica en un hospital público.

En un fallo firmado por seis de sus integrantes, la Corte Suprema resolvió esta noche suspender la ejecución de la medida cautelar firmada por la jueza Rustán de Estrada.

Además, comunicó a las autoridades de la Ciudad que, ante el pedido de realizar el aborto no punible, "deberán proceder a la realización de la práctica prescindiendo de la resolución judicial que suspendió" la intervención (ver documento).

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, según destacó un comunicado de la Corte Suprema, sostuvieron su decisión en el fallo emitido el 13 de marzo pasado.

Ese día, el tribunal ratificó que el aborto no es punible cuando es producto de una violación, por lo que la interrupción del embarazo no está supeditada a un trámite judicial.

"La medida que se adoptará", dijo el máximo tribunal respecto de la interrupción del embarazo, "es la demostración más concluyente del modo en que ha de realizarse por los poderes judiciales de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la exhortación dada por el Tribunal para que se abstengan de judicializar el acceso a los abortos no punibles".

La Corte Suprema intervino en el caso tras recibir el planteo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario para que defina si es ese fuero o el civil el que debía actuar ante el expediente y, en consecuencia, autorizar o mantener suspendido el aborto.

La jueza Rustán de Estrada fue apartada hoy de la causa por la Cámara Civil, que asignó el expediente al magistrado Güiraldes, quien aceptó las apelaciones presentadas por la mujer y el gobierno porteño (ver El Gobierno porteño apelará el fallo que frenó un aborto no punible, 09/10/2012).