Córdoba: se oficializó la prohibición de venta de cigarrillos electrónicos a menores de 18 años
La normativa fue publicada en el Boletín Oficial. Abarca “dispositivos electrónicos con tabaco o cualquier otra sustancia que expida humo, gases o vapores”. También prohíbe su exhibición en quioscos y locales comerciales.
- La normativa fue publicada en el Boletín Oficial.
- Incluye a "dispositivos electrónicos con tabaco o cualquier otra sustancia que expida humo
- gases o vapores".
- También prohíbe su exhibición en quioscos y locales comerciales.
La ley provincial que prohíbe la venta de cigarrillos electrónicos y vapeadores a menores de 18 años fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial, ampliando los alcances del Programa Provincial Permanente de Prevención y Control del Tabaquismo.
Incorpora, también, la prohibición de exhibir en quioscos tanto cigarrillos como “cualquier otra sustancia que expida humo, gases o vapores mediante la utilización de elementos tales como los denominados cigarrillos electrónicos, vapeadores y todo otro dispositivo de naturaleza similar”.
La ley, aprobada el 10 de octubre pasado y publicada este miércoles en el Boletín Oficial, modifica el Programa Provincial Permanente de Prevención y Control del Tabaquismo, extendiéndolo no sólo al consumo de tabaco, sino a estos dispositivos que expiden humo, gases o vapores. Incorpora también la prohibición de utilizarlos en espacios cerrados, tal como ya regía para los cigarrillos de tabaco.
🚭 Más motivos para no utilizar #CigarrillosElectrónicos: muchos de los líquidos que se utilizan para "vapear" contienen #nicotina. En #Córdoba se aprobó una nueva ley que regula su uso con las mismas restricciones dispuestas para los productos elaborados con #tabaco. pic.twitter.com/4S6X6tQEx6
— Ministerio de Salud de Córdoba (@minsaludcba) October 13, 2019
“Tenemos evidencias científicas de que el cigarrillo electrónico es tan nocivo como el tabaco. Por eso pusimos a los dos en el mismo rango y prohibimos la venta a menores de 18 años”, había explicado el legislador Daniel Passerini, presidente de la Comisión de Salud de la Unicameral.
Con la nueva normativa, los vapeadores y cigarrillos electrónicos quedan incluidos también en la prohibición de exhibirlos en dispensadores u otras estanterías en los quioscos o locales comerciales. Como también en la prohibición de auspicio, patrocinio y uso de incentivos que fomenten la compra u ofrezcan descuentos o premios.
La normativa aclara que quien incumpla con la normativa podrá ser sancionado con hasta 150 unidades de multa.

