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Lo detuvo la Caminera por no cumplir con la cuota alimentaria

Hacía 7 años que tenía orden de captura. La Policía lo encontró en un control de rutina.

29 de enero de 2013 a las 12:01 a. m.
Corresponsalía
Lo detuvo la Caminera por no cumplir con la cuota alimentaria
A la madrugada. El hombre circulaba a las 4.30 cuando lo pararon (Darío Galiano/La Voz).

Villa María. Luego de más de siete años de eludir un pedido de captura que pesaba sobre su persona por adeudar la cuota alimentaria de sus hijos, un hombre de 45 años fue detenido por la Policía Caminera, al verificarse su identidad y darse con la existencia de la orden en su contra.

El atípico caso se dio en un puesto de lo que era un control vehicular de rutina sobre la Autopista Córdoba-Rosario, montado sobre el kilómetro 556, a la altura de Villa María. En la madrugada del lunes, alrededor de las 4.30 de la madrugada, le hicieron señas para que se detuviera a uno de los tantos vehículos que circulaban por esa vía. El conductor iba solo y le solicitaron su licencia de conducir. Al ingresar su número de documento en el sistema de verificación policial, surgió la alerta del pedido de captura en su contra.

La orden había sido librada en el año 2006 por el Juzgado de Control, Menores y Faltas de Deán Funes, en el norte provincial. De acuerdo a la información de fuentes policiales, se habría llegado a esta medida debido a los constantes incumplimientos y negativa a comparecer ante la Justicia por parte del detenido.

Más de una década. Según se pudo conocer, el expediente con el que se inició la causa lleva el número 43/2002, y data de ese año el reclamo judicial de la expareja del detenido para que cumpla con la cuota alimentaria correspondiente a los hijos en común.

Así, más de una década transcurrirá desde que se inició el planteo judicial hasta que el hombre sea llevado finalmente ante la Justicia.

El exmarido rebelde quedó detenido en la Departamental San Martín, y su automóvil permanece secuestrado en el depósito judicial. Tras su apresamiento, será puesto a disposición del Juzgado de Control de Deán Funes, donde deberá dar cuenta de las obligaciones que marca la ley.

La ley 13.944 prevé penalidades por incumplimiento de deberes de asistencia familiar. Así, se prevé prisión de un mes a dos años o multa “a los padres que, aun sin mediar sentencia civil, se substrajeren a prestar los medios indispensables para la subsistencia a su hijo menor de 18 años, o más si estuviere impedido”.

Registro de morosos. Una de las herramientas que tiene la Provincia para "persuadir" a los padres de que cumplan sus deberes familiares es el Registro Provincial de Deudores Alimentarios. Es una especie de "Veraz" o "Seven" donde se anota a los padres que no hayan pagado tres cuotas consecutivas o cinco alternadas.

En octubre de 2011 una ley endureció el régimen del registro y sumó causales en las que las personas deben presentar una suerte de “libre de deuda”. Por ejemplo, deben presentar el certificado los solicitantes de “licencias o permisos, habilitaciones y/o concesiones” conferidos por el Estado. También los proveedores del Estado y los beneficiarios de subsidios y programas sociales. Además, ahora el juez de Familia ordena la inscripción de oficio.