¿Cómo es, a partir de ahora, la situación de los agentes?
Tanto la fiscalía como las defensas anunciaron que casarán el fallo, por lo que se demorará al menos un año más la resolución.
La gran pregunta es qué sucederá con la situación policial de los uniformados que estuvieron privados de su libertad, algunos por semanas y la mayoría por dos años y ocho meses.
Antes de cualquier consideración, debe aguardarse que
la sentencia quede firme, lo que implica que la situación de cada uno de los agentes podría alivianarse o empeorar. Como se prevé que tanto las defensas como los acusadores planteen casaciones, esa instancia puede llevar, al menos, un año más de tiempo.
Una vez que se determine si son condenados o si fueron absueltos, aquellos que recibieron pena pierden el estado policial, lo que implica que no vuelven a la fuerza, no reciben remuneración alguna y pierden la posibilidad de retirarse y hasta los aportes jubilatorios.
En cambio, si resultan absueltos, vuelven a la Policía, se les debe respetar la jerarquía (podrían cambiarlos de destino o repartición) y se les deben reintegrar los salarios caídos.
Hay que recordar que desde la imputación, con situación pasiva, cobraron sólo el 30 por ciento de su sueldo por ser sospechosos de haber cometido delitos.
Esta situación, para quienes registran condena, se mantendrá hasta que la sentencia quede firme.
¿Reclamo?
¿Y quienes resulten absueltos pueden hacer reclamo a la Justicia federal o al Estado nacional por haber estado detenidos? En general, de acuerdo con lo que sugiere la jurisprudencia, no caben esos reclamos.
Siempre y cuando la privación (legítima) de la libertad haya estado sujeta a los procedimientos (con la confirmación de jueces o tribunales de alzada), no se hace lugar a reclamos de quienes estuvieron detenidos y resultaron absueltos.
En esta línea, tampoco correspondería un reclamo a quienes estuvieron en la cárcel y recibieron pena de prisión condicional o permanecieron encerrados más tiempo que el de la condena dictada.
Hay que considerar que, en el momento de la investigación, se consideró que existía riesgo procesal y por eso se los privó de la libertad.
La única posibilidad de reclamo de quienes estuvieron detenidos “injustamente” (pero de acuerdo con las normas de la Justicia) es que se pruebe una conducta dolosa de algún funcionario judicial en la privación de la libertad.
Por otra parte, en la práctica, muchas veces la absolución “por la duda” excluye la posibilidad de todo reclamo.

