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Avalan la exclusión de una alumna de una escuela por mala conducta

La Justicia consideró que la niña ya había sido suspendida anteriormente, por lo que los padres no podían desconocer el desenlace.

14 de septiembre de 2011 a las 12:06 p. m.
Agencia DyN
Avalan la exclusión de una alumna de una escuela por mala conducta

La Cámara Civil avaló la decisión de las autoridades de un colegio privado del barrio porteño de Palermo de excluir a una alumna de su ciclo lectivo en razón de su mala conducta.

"La selección del alumnado y de sus docentes está íntimamente vinculada a la orientación que el colegio quiere imprimir a su actividad", reconoció el fallo, dictado por la Sala K, integrada por los jueces Oscar Ameal y Lidia Hernández.

Mala conducta. Según el fallo, al que tuvo acceso DyN, la Fundación Mercedes Mallo "Washington School" rechazó la renovación de la matrícula de una niña que aspiraba a continuar sus estudios en el ciclo lectivo 2005.

La decisión fue adoptada "teniendo en cuenta que la niña ya había sido suspendida en una oportunidad anterior, por lo que los padres no podían desconocer el desenlace que el proceso podría tener y se encuentra amparada en la aludida libertad de contratar y en el derecho de admisión".

"Tal derecho es la contra cara del derecho del alumno y sus padres a elegir el establecimiento educacional que se adecue a sus pretensiones y en ambos extremos se goza de igual garantíaconstitucional, la libertar de elegir. Obviamente ninguna de dichas libertades es absoluta, y no cabe su ejercicio abusivo", subrayaron los jueces.

En ese sentido, insistieron en que "la inscripción de un alumno en un colegio no estatal está lejos de significar un contrato que vincule a las partes durante todo el ciclo de estudios".

Derecho de admisión. "Si hay una inscripción anual que debe renovarse en cada período, es indudable que el derecho de admisión o de rechazo en cada oportunidad no puede ser cohibido, a menos que la negativa apareciera como arbitraria, mediante indicios, presunciones o causales objetivamente susceptibles de prueba", puntualizaron.

Atento a los antecedentes de mala conducta, "los padres de la menor no podían desconocer el desenlace que el proceso podría tener, lo cual descarta el carácter abusivo o intempestivo que se le pretende atribuir a la decisión de la demandada de no renovar la matrícula", concluye la sentencia.