Abusó de su nieta y deberá pagarle terapia psicológica
El hombre presentó un recurso porque no quería cumplir la condena de $ 4.000 destinada al tratamiento. El TSJ rechazó la pretensión.
Un hombre condenado por abusar sexualmente de su nieta deberá solventar los gastos de las sesiones psicológicas que debió tomar la niña para superar los problemas causados por la agresión sexual. En agosto de 2011, el hombre había sido encontrado culpable por Cámara 2ª del Crimen de Córdoba por el delito de abuso sexual sin acceso carnal agravado. Además, fue condenado a pagar cuatro mil pesos "en concepto de daño material emergente futuro para solventar los gastos de terapia psicológica necesarios". Pero el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ), a través de su Sala Penal, rechazó el 17 de diciembre pasado un recurso de casación que había presentado la defensa con el objetivo de evitar pagar el monto de la condena. En el recurso, los defensores cuestionaron que la Cámara haya tenido por acreditada la existencia del daño psicológico a partir de un informe de la Dirección de Asistencia a la Víctima de Delito.La Sala Penal del TSJ expresó que el informe cuestionado proviene de una entidad pública y especializada por lo que "la información que proporcionó goza de idoneidad". Daños Dicho informe consigna que la niña, que tenía 12 años en el momento del hecho, presentaba ciertos indicadores del daño psíquico por abuso sexual. Entre ellos, se nombran temor y paralización, recuerdos del momento, aumento de peso, dificultad con la identidad, baja autoestima, culpa, miedo a que no se le crea, pesadillas, crisis de angustia y llanto. El fallo agrega que otros informes emitidos por diferentes entidades también públicas "corroboran la existencia del daño psicológico". El primero de ellos es del Servicio de Endocrinología del Hospital de Niños. Según el fallo, el informe "da cuenta que su servicio fue requerido ante una consulta por abuso sexual" y concluye que el relato de la niña tenía una clara, consistente, detallada descripción de abuso. "Ante la probabilidad de un abuso sexual se recomienda la discontinuidad de contacto con el presunto autor y el abordaje psicológico de la menor y su entorno familiar", se lee en la sentencia. Finalmente, aclara que tales informes "no resultan contradictorias con la pericia psicológica" que si bien no pudo determinar si hubo daño psicológico devenido de situaciones traumáticas en lo sexual, tampoco descartó su existencia. "Todas estas razones, que apuntalan la existencia del daño psicológico en la niña, no fueron rebatidas por los recurrentes, con lo cual permanecen incólumes", concluye la sentencia del TSJ.La Sala Penal estaba conformada por las magistradas Aída Tarditti, María de las Mercedes Blanc de Arabel y María Esther Cafure de Battistelli. La última se apartó de las funciones en el TSJ a fin del año pasado.

