Aborto: presentan proyecto para adecuar el Código Penal al fallo de la Corte
La modificación es promovida en el Senado por el bloque radical para dejar plasmado el criterio del máximo tribunal para los casos de violación.
El bloque de senadores nacionales por el radicalismo presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 86 del Código Penal, sobre aborto no punible, a fin de introducir en forma clara la interpretación efectuada recientemente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (ver En Córdoba apelarán la suspensión de la guía).
Así lo informó el senador Gerardo Morales, quien precisó que de esa forma buscarán "introducir precisiones para garantizar un derecho a las mujeres víctimas de delitos sexuales y para que ningún médico se vea afectado por realizar una práctica en consonancia con la efectivización de ese derecho", apuntó.
Cambio. El bloque radical pretende incluir una modificación al inciso segundo del artículo 86 del Código Penal, de forma tal de superar una doble interpretación del texto de la ley y dejar plasmado el criterio introducido por el reciente fallo de la Corte.
De esta forma, en caso de ser aprobado, se establecerá que será legal "el aborto practicado por un médico diplomado, con consentimiento de la mujer embarazada", si el "embarazo proviene de una violación o de la comisión de un delito contra la integridad sexual".
Actualmente, ese inciso indica que no será punible el aborto "si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente", con la condición de que exista "el consentimiento de su representante legal".
En cambio, el inciso uno, en el proyecto radical, continúa igual al vigente y admite la legalidad de un aborto "si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios".
Cumplir con el fallo. De todas formas, el senador jujeño opinó que, aún sin esa modificación, todas las provincias "tienen que cumplir con el fallo de la Corte sobre aborto no punible".
El gobierno de Jujuy, precisó también, "debe establecer precisiones para que el sistema de salud pueda garantizar la interrupción del embarazo a las víctimas de violación que lo soliciten".
En ese sentido, recordó que en Jujuy "la mortalidad materna es de 14.7 por cada 10 mil nacidos, mientras que la media en el país es de 4 muertes por cada 10 mil nacidos" y advirtió que las principales causas de esos fallecimientos son derivadas de abortos inseguros efectuados en la clandestinidad.
Además, en esta provincia, "de cada cuatro mujeres embarazadas, una es menor de 15 años, y generalmente con embarazos productos de violaciones", manifestó.

