De las responsabilidades adultas en la participación juvenil
El mundo adulto tiene la responsabilidad de desarrollar competencias que efectivamente favorezcan la participación y promuevan el liderazgo juvenil.
Por: Abog. María Silvia Corbalán Coordinadora Área Infancias y Juventudes El Ágora Asociación Civil
Una clasificación usual de los derechos reconocidos en los principales marcos normativos de protección a niñas, niños y jóvenes (Convención de los Derechos del Niño/1989 UN, Ley Nacional 26.061/2005 y Ley provincial 9.944/2011), distingue entre derechos de:Provisión: vinculados al acceso a ciertos recursos y servicios (alimentación, vivienda, salud, etc.).Protección: referidos a los cuidados parentales y profesionales, a ser preservado de prácticas y actos abusivos, etc.Participación: tener acceso a, y compartir información de, una variedad de fuentes; formar sus propios puntos de vista, expresarlos y hacer que sus opiniones sean tomadas en cuenta según su edad y madurez; reunirse con otros/as y formar asociaciones; ejercitar la libertad de pensamiento, conciencia y religión; estar protegidos de la interferencia ilegal o arbitraria de su intimidad, etc.

