Disponen límites máximos en residuos de agroquímicos
Alimentos: están comprendidos productos y subproductos para consumo interno.
Buenos Aires. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció nuevos requisitos que deben cumplir los productos y subproductos agropecuarios para consumo interno. La medida se adoptó ante la necesidad de incorporar al listado de productos y de límites máximos de residuos a los nuevos principios activos y nuevos usos de los mismos aprobados en los últimos años.La Resolución 934/2010, publicada ayer en el Boletín Oficial , dispone que los productos y subproductos agropecuarios que se importen o produzcan localmente para el consumo interno deben cumplir con los límites máximos de residuos nacionales, o en algunos casos con un valor por defecto de 0,01 miligramos por kilo.Los productos y subproductos agropecuarios importados no cultivados tradicionalmente en el país para los cuales no se haya establecido un límite máximo de residuos nacional del principio activo, pueden ingresar sólo si existe un límite máximo de residuos aprobado por el Codex Alimentarius. Y si la evaluación de riesgo al consumidor realizada por la autoridad de aplicación no indica riesgos considerados inaceptables.En caso de no existir un límite máximo de residuos aprobado por el Codex Alimentarius, se establece un valor por defecto de 0,01 mg/kg.Para aquellos residuos de compuestos persistentes en el medio ambiente que se utilizaban como plaguicidas, pero que ya no se encuentran registrados como tales y que pueden originar una contaminación de los alimentos, se adoptarán los valores establecidos por el Codex Alimentarius como límites máximos de residuos extraños, agrega la nueva resolución del Senasa. Prórroga para el Renspa. En otro orden, el Senasa prorrogó por 60 días el plazo para la inscripción obligatoria de productores de granos de cereales y oleaginosas en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), que vencía ayer, debido a la gran afluencia de productores en sus oficinas ocurrida en los últimos días. Esta nueva prórroga, hasta el 31 de mayo, es la última que realiza el organismo sanitario, atento, además, a que está en pleno el movimiento de cosecha de verano.En principio, la inscripción culminaba el 31 de diciembre de 2010 y el Senasa lo extendió por tres meses, por pedido de los productores. Ahora se realiza esta nueva prórroga, la última, se aclaró. De esta manera se cumple con las tres etapas de inscripción gradual obligatoria de productores agropecuarios en el Renspa, iniciada por el organismo sanitario en 2008. A partir de ese año debieron inscribirse los productores de frutas, hortalizas y otras actividades.

