Desregulación. El Gobierno elimina una figura histórica en los frigoríficos y flexibiliza la exportación de carne

E Senasa derogó la obligación de contar con un director técnico en las plantas de faena, una exigencia vigente desde 1968. Además, simplificó el régimen de habilitación de establecimientos exportadores. Busca reducir costos y agilizar el comercio exterior, sin modificar los controles sanitarios.

09 de julio de 2026 a las 10:30 a. m.
El Gobierno elimina una figura histórica en los frigoríficos y flexibiliza la exportación de carne
INDUSTRIA. Con un menor nivel de actividad, por la falta de oferta ganadera, y costos crecientes, los frigoríficos afrontan un 2026 complicados.

En un nuevo paso dentro del proceso de desregulación , el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) eliminó una exigencia que durante casi seis décadas formó parte del funcionamiento cotidiano de los frigoríficos argentinos: la obligatoriedad de contar con un director técnico en las plantas de faena y procesamiento de productos de origen animal.

La medida fue oficializada mediante la resolución 592/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial. En paralelo, el Senasa aprobó, a través de la resolución 593/2026, un nuevo procedimiento para habilitar establecimientos exportadores, con el propósito de simplificar trámites, reducir tiempos administrativos y adecuar el sistema a las exigencias actuales del comercio internacional.

Ambas decisiones forman parte de la estrategia de modernización administrativa impulsada por el organismo sanitario, que busca eliminar requisitos considerados redundantes sin modificar el esquema de fiscalización oficial ni los estándares de inocuidad exigidos por los mercados.

Fin de una figura vigente desde 1968

El cambio más significativo es la derogación de la obligación de que cada frigorífico disponga de un director técnico, una figura incorporada por el histórico Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado mediante el Decreto 4.238 de 1968.

Según explicó el Senasa, la evolución del sistema de control sanitario volvió innecesaria esa exigencia.

En los fundamentos de la norma, el organismo sostuvo que la modernización de los procedimientos de fiscalización, junto con la responsabilidad que la Ley 27.233 asigna a los propios operadores de la cadena agroalimentaria, reemplaza el rol que históricamente cumplía esa figura.

"La inocuidad de los alimentos hoy se sustenta en un sistema integrado de habilitación, fiscalización oficial permanente, procedimientos documentados, sistemas de autocontrol y responsabilidad primaria de los establecimientos", sostuvo el organismo.

En otras palabras, la responsabilidad por la seguridad sanitaria de los alimentos deja de recaer sobre una persona específica y pasa a concentrarse plenamente en la empresa elaboradora, bajo la supervisión permanente del Senasa.

Menos costos para la industria

La decisión fue celebrada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien la presentó como una medida destinada a reducir costos para la actividad frigorífica.

"Chau gastos en frigoríficos", escribió el funcionario en su cuenta de X al anunciar la resolución.

Según explicó, el director técnico había quedado convertido en una obligación redundante porque el establecimiento ya es responsable legal de la inocuidad de sus productos y, además, existe una fiscalización permanente por parte de inspectores oficiales del Senasa.

Para el ministro, eliminar este tipo de exigencias burocráticas mejora la competitividad de las empresas.

"Bajar gastos innecesarios que impone el Estado es lo que va a permitir que los precios bajen en términos reales y que el salario rinda más", sostuvo.

Un nuevo esquema para exportar

La segunda modificación alcanza al sistema mediante el cual los frigoríficos y demás establecimientos obtienen autorización para exportar productos y subproductos de origen animal.

La resolución 593 reemplaza el régimen vigente desde 2010 y crea un procedimiento único que concentra los requisitos para acceder a los distintos mercados internacionales.

El objetivo, explicó el Senasa, es adaptar el sistema a los avances tecnológicos, digitalizar los procesos administrativos y responder con mayor rapidez a las exigencias sanitarias de los países compradores.

Uno de los principales cambios establece que las plantas que ya integran los listados oficiales de establecimientos habilitados no deberán volver a iniciar el trámite para conservar su autorización, siempre que continúen cumpliendo los requisitos sanitarios y documentales exigidos por cada destino.

Además, las habilitaciones dejarán de tener fecha de vencimiento.

A partir de ahora permanecerán vigentes mientras el establecimiento conserve las condiciones que permitieron su aprobación inicial, eliminando renovaciones administrativas que, en muchos casos, implicaban repetir documentación ya presentada.

La nueva normativa también busca acelerar la incorporación de nuevos establecimientos exportadores.

Una vez verificadas las condiciones higiénico-sanitarias exigidas por el país comprador, el Senasa podrá proponer inmediatamente la incorporación de la planta a los registros oficiales, evitando demoras administrativas innecesarias.

Al mismo tiempo, el organismo mantiene intactas sus facultades de control.

Si durante una inspección detecta incumplimientos respecto de las exigencias particulares de un determinado mercado, podrá suspender de inmediato la habilitación correspondiente. Si las observaciones no son corregidas dentro de un plazo de 60 días corridos, el establecimiento podrá ser eliminado del listado de exportadores habilitados para ese destino.

Asimismo, cualquier modificación edilicia, incorporación de nuevas líneas de producción o cambios en el proceso industrial deberá ser informada previamente al Senasa para verificar que las condiciones sanitarias continúen siendo compatibles con los requisitos internacionales.

Desde el organismo remarcaron que ninguna de las modificaciones implica una flexibilización de los controles sanitarios.

Por el contrario, señalaron que el nuevo esquema mantiene la fiscalización oficial permanente y fortalece el principio de responsabilidad primaria establecido por la Ley 27.233, que asigna a cada empresa la obligación de garantizar la sanidad, inocuidad e higiene de los alimentos que produce.