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Avalan el "olfato policial" para procedimientos por conducta sospechosa

Un fallo ratificó la actuación de los efectivos, quienes revisaron a un hombre sin orden judicial.

25 de noviembre de 2010 a las 11:00 a. m.
Agencia Télam
Avalan el "olfato policial" para procedimientos por conducta sospechosa

La presencia de un hombre saliendo del cementerio de la Chacarita en ropas deportivas pero portando un maletín de tipo "ejecutivo" fue considerada por la justicia como una circunstancia "prudente y razonable" para que la policía lo revise aún sin orden judicial.

Dos de los tres camaristas de la sala séptima de la Cámara del Crimen, Esteban Cicciaro y Rodolfo Pociello Argerich, avalaron de esa manera un procedimiento basado en el "olfato policial", aunque el tercer integrante de la sala, Mauro Divito, sostuvo que los policías "actuaron excediendo sus atribuciones legales".

"Transitar por un lugar de acceso público en los horarios habilitados para ello y llevando un objeto que es de uso habitual para transportar pertenencias personales, constituye un comportamiento que, cualquiera sea la indumentaria con la que vaya ataviado quien lo realiza, carece de connotaciones que habiliten a intervenir a las fuerzas de seguridad", afirmó el juez disidente.

El procedimiento. Los hechos juzgados ocurrieron cuando los policías interceptaron a Maximiliano Genes saliendo del cementerio "vestido con ropas deportivas y portando un maletín", lo que despertó sospechas en dos suboficiales de la policía federal, quienes estaban en el cementerio por la muerte de un oficial de esa fuerza de seguridad.

"La requisa permitió el secuestro de una serie de elementos presuntamente sustraídos", recordaron los magistrados, quienes hicieron referencia a las "reiteradas sustracciones perpetradas en el lugar".

Los camaristas entendieron que los uniformados actuaron al impulso de "una sospecha razonable que justificó en el caso la actuación prevencional".

Actuación "prudente". El voto mayoritario afirma que Genes "portaba un maletín del tipo ejecutivo, al tiempo que lucía ropa informal, objeto aquél que razonablemente puede oficiar de continente de las piezas que regularmente se sustraen en un emplazamiento de tales características", por lo que concluyeron que "la actuación policial ha sido prudente y objetivamente razonable".

El camarista Divito, en cambio, afirmó que los policías "no tienen atribuciones para practicar detenciones ni requisas indiscriminadas" sin autorización judicial y añadieron que la conducta del sospechoso "no guarda vinculación con ilícitos ni puede -siquiera- ser tildada de inusual o llamativa".