Ordenan a obra social cubrir un tratamiento de por vida
La Justicia Federal resolvió que Ostel deberá pagar la asistencia médica de un chico de 14 años que sufre parálisis cerebral secuelar.
La Justicia Federal le ordenó a una obra social cubrir el tratamiento completo y de por vida de un chico cordobés de 14 años que sufre parálisis cerebral secuelar y cuadriplejia desde el nacimiento.
En la sentencia definitiva, el juez n°2 Alejandro Sánchez Freytes, que ya había hecho lugar a un amparo presentado por la familia del chico, establece que la prestadora Ostel (Obra Social de personal de Telecomunicaciones) deberá brindarle cobertura integral y total de “sesiones domiciliarias de kinesiología, fonoaudiología, terapia ocupacional, apoyo a la integración escolar, entrenamiento tecnológico y asistencia domiciliaria”.
Adempas, fija que la obra social tendrá que cubrir cualquier otra prestación que los médicos le prescriban en el futuro.
El caso. La enfermedad del chico comenzó en el nacimiento, cuando la madre sufrió un desplazamiento de falencia y por falta de oxígeno murió un hermano gemelo de Mauricio, quien sobrevivió con estas secuelas.
El joven ha realizado durante toda su vida una cantidad de terapias y tratamientos de rehabilitación, que le han permitido poder expresarse, mejorar la postura de su columna y sostenerla, pudiendo sentarse para alimentarse o para utilizar la computadora.
Además, desarrolló capacidades intelectuales de aprendizaje, que permitieron su inserción en una escuela común, habiendo cursado el quinto grado en el ciclo lectivo 2009.
Amparo. En marzo pasado, Sánchez Freytes hizo lugar a un amparo presentado por la madre del chico para que la obra social se hiciera cargo de los costos de su tratamiento (Ver Ordenan a obra social...).
Sin embargo, tres meses después, la mamá denunció que la prestadora no estaba afrontando los gastos, a pesar de que la Justicia Federal se lo había ordenado cuatro veces (Ver Obra social no paga tratamiento...).

