Para empleados: últimos días para pagar menos de Ganancias
Hasta el 31 de enero hay plazo para cargar en el Siradig las deducciones de 2015 y las percepciones por operaciones con dólares. La limitación del 31 de enero es sólo para quienes tienen que completar el formulario web.
Los empleados en relación de dependencia y los jubilados tienen tiempo hasta el último día de este mes para reducir el monto que pagaron del Impuesto a las Ganancias en 2015. Ese día vence el plazo para informar las deducciones a cada empleador (incluido Anses o cajas de jubilaciones provinciales) y que este las compute en la liquidación anual que realizará con el pago del sueldo de febrero.En realidad, la limitación del 31 de enero es sólo para quienes tienen que completar el formulario 572 a través de la web con la herramienta Siradig (Sistema de Registro para la Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias). Pero casi no quedan trabajadores que tributen y ganen menos de 250 mil pesos en bruto al año, el límite para pasar al trámite web. Además, también deben usarlo quienes quieran pedir que la Afip le reintegre la percepción del 20 por ciento por la compra de dólares o del 35 por ciento por viajes y gastos realizados con tarjeta de crédito en el exterior. ¿Para que se completa el Siradig? A través de esta herramienta, el trabajador informa a la Afip y al empleador, en simultáneo, cuáles son las deducciones que tiene para el año; en este caso, para 2015. Esas deducciones reducen la base imponible del impuesto, con lo cual el monto del tributo es menor.Además, desde que se estableció el cepo cambiario y las percepciones de la Afip para la compra de moneda extranjera, los gastos con tarjeta o los viajes al exterior, estos pagos a cuenta se cargan en el Siradig para reducir del total abonado por Ganancias en el año. ¿Qué se puede deducir? Los empleados pueden incorporar a familiares (cónyuge, hijos hasta 24 años, suegros y otros) con la condición de que estén a su cargo y no tengan ingresos anuales superiores a 15.552 pesos (en la práctica, no tienen que trabajar ni ser jubilados). Para tener en cuenta Las otras deducciones son: pago de remuneraciones y aportes al servicio doméstico (hasta 15.552 pesos al año), intereses pagados por créditos hipotecarios para vivienda única, y cuotas de salud privada (aparte del descuento obligatorio del sueldo del trabajador). Además, en esta época del año se pueden agregar: gastos médicos del trabajador o familiares a cargo (con factura), pago de seguros de vida (hasta un tope de menos de mil pesos anuales), una parte del impuesto al cheque abonado en el año (el monto se consulta por el home banking ). ¿Cómo se recuperan las percepciones por operaciones con dólares? Los recargos de Afip se tienen que cargar en el Siradig en forma separada, según sea por compra de divisas, adquisiciones de paquetes turísticos, compra de pasajes al exterior o gastos con tarjetas (de débito o crédito) fuera del país. La Afip dispuso que todo lo que ya fue pagado durante 2015 se recuperará en la liquidación anual de Ganancias. Sin embargo, algunas empresas fueron computando este pago a cuenta mes a mes, mientras el trabajador lo iba cargando. ¿Cuándo es la liquidación anual? El empleador hará el cierre de Ganancias del período fiscal 2015 en el sueldo de febrero próximo (se cobra al finalizar ese mes). Si hay un saldo a favor, se reintegra dinero al trabajador; si el saldo es negativo, se le retiene. Ese monto positivo (o negativo) se resta de (o se suma a) lo que el empleado tiene que tributar de Ganancias durante febrero.En el caso de las percepciones por la compra de dólares o viajes, si el monto por devolver supera todo lo pagado por el trabajador por Ganancias durante 2015, el empleador no lo tiene que reintegrar por el recibo de sueldo. En esta situación, la persona puede usar lo que le sobre para pagar Bienes Personales o inscribirse en Ganancias y presentar la declaración anual en abril con saldo a favor. Recién entonces puede pedir la devolución.

