Menem, culpable por el tráfico de armas
La Cámara de Casación revocó su sobreseimiento. El Tribunal que lo había absuelto debe ahora fijar las penas. Otras condenas.
Buenos Aires. El senador nacional y expresidente Carlos Menem y su exministro de Defensa Oscar Camilión fueron condenados ayer como coautores de contrabando agravado de armas a Croacia y Ecuador, de 1991 a 1994, junto a 10 enjuiciados más. Así lo resolvió la Sala Uno de la Cámara Federal Nacional de Casación Penal, que revocó las absoluciones dictadas en 2011, tras tres años de juicio, por el Tribunal Oral en lo Penal Económico 3 (Tope3) y ordenó a los mismos jueces que ahora impongan las penas, que podrían ascender de cuatro a 12 años de cárcel.Para los jueces del Tope3, Luis Imas y Horacio Artabe, en cambio, la venta de armas no consistió, según habían resuelto en su sentencia, un "acto de contrabando" sino que fue una "decisión de política exterior y un acto político no judiciable". En disidencia, el juez Gustavo Losada había votado por la culpabilidad.Al excuñado de Menem Emir Yoma; al exdirector de Seguridad Internacional de Cancillería Enrique Julio de la Torre, y al exfuncionario de Defensa Mauricio Muzi, Casación les confirmó las absoluciones, mientras que sobre el exjefe de la Fuerza Aérea Juan Paulik ratificó el sobreseimiento por prescripción.La lista de condenados incluye al excoronel de Ejército y traficante de armas Diego Palleros; los exfuncionarios de la Dirección General de Fabricaciones Militares, Luis Sarlenga, Edberto González de la Vega, Carlos Jorge Franke, Jorge Antonio Manuel Cornejo Torino, Manuel Cornejo Torino y Teresa Irañeta de Canterino. Y se completa con los exfuncionarios del área de Defensa Julio Jesús Sabra, Carlos Alberto Núñez, Haroldo Fusari.Los camaristas Eduardo Madueño, Luis María Cabral y Juan Gemignani dictaron las condenas "en función de la inserción de destinos falsos (Panamá en el caso de los decretos 1697/91 y 2283/91 y Venezuela en el caso del decreto 103/95) a efectos de ocultar a la Aduana los verdaderos destinos" Croacia y Ecuador.A esos países que libraban guerras "se dirigían las exportaciones" de armamento y "en algunos casos", además, "existió aprovechamiento del especial procedimiento de exportación de material bélico secreto para cobrar indebidamente reintegros por elementos que eran usados y viejos".En todos los casos el contrabando se consideró agravado por tratarse de material bélico y a su vez por la intervención de más de tres personas y por haberse realizado con la participación de funcionarios públicos", ponderaron los jueces.Para la Sala Uno hubo "tres momentos históricos" en todo este caso y los separó así: "la suscripción por Menem de los decretos mediante los cuales se autorizó la venta a Panamá y Venezuela"; "el embarque con un destino falso y de materiales no autorizados"; y "la percepción indebida de reintegros".Además, dio por probado que "los embarques con destino final que no coincidía con el expresado en las autorizaciones" fueron en el "buque Opatija, que zarpara de Buenos Aires el 21/09/91" así como en el "buque SENJ, que zarpara el 8/06/93".El escándalo de la venta de 6.500 toneladas de armas, de 1991 a 1995 a Croacia y Ecuador, durante las guerras de los Balcanes y del Cenepa, respectivamente, saltó a la prensa porque la ONU había dictado un embargo de comercializar armamento a ambos países.
Fundamentos del fallo

