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La huelga, una propiedad gremial

La Corte Suprema falló contra un despedido que participó de una protesta informal. Para los jueces, sólo las organizaciones formales tienen derecho a realizar medidas de fuerza.

08 de junio de 2016 a las 12:01 a. m.
La huelga, una propiedad gremial

Buenos Aires. La Corte Suprema resolvió ayer que sólo los gremios tienen el derecho de promover huelgas, al determinar que los grupos informales de trabajadores no pueden promover medidas de fuerza. Así se dispuso en un fallo dictado en la causa iniciada por el empleado Francisco Daniel Orellano, cuando fue despedido por la empresa Correo Oficial de la República Argentina por haber participado en una serie de protestas y medidas de fuerza que no contaban con el aval del sindicato. Tanto la Justicia de primera instancia como la Cámara del Trabajo habían dictaminado que el despido era inválido y habían condenado a la empresa a reincorporar al trabajador, a pagarle los salarios caídos desde su apartamiento y a indemnizarlo por daño moral en 10 mil pesos.A criterio de esos tribunales, el trabajador "había sido víctima de un trato discriminatorio adoptado por la empresa como represalia por su participación en medidas legítimas de acción gremial". Pero ahora los jueces de la Corte Ricardo Lorenzetti, Elena High­ton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda revocaron ese criterio y validaron el despido, al sostener que las medidas de fuerza pro­movidas por grupos informales o no reconocidos no son legitimas, ya que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y las normas internacionales sobre derechos humanos solamente le reconocen el derecho de declarar una huelga a los sindicatos, es decir, a las organizaciones formales de trabajadores.

La medida les da fuerza a las CGT

La decisión de la Corte no hace más que ratificar que las disputas con las patronales sólo les pertenecen a los gre­mios organizados. La medida fue tomada de muy buena manera por las conducciones de las tres CGT y las CTA, ya que se confirma su potestad y liderazgo en la representación de los trabajadores.