La Corte negó el "per saltum" y ratificó prórroga de la cautelar
El alto tribunal resolvió en dos recursos. Por unanimidad, rechazó el salto de instancia presentado por el Gobierno contra el fallo del juez Alfonso que lo favoreció.
Buenos Aires. La Corte Suprema de Justicia rechazó ayer por unanimidad el per saltum que había planteado el Estado para que el máximo tribunal resolviera rápidamente sobre la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y, al mismo tiempo, por mayoría de votos ratificó la medida cautelar que la mantiene suspendida (ver Clarín medida cautelary fallo completo per saltum). Además, en el último acuerdo del año, exhortó a la Cámara Civil y Comercial Federal, que ahora tiene a estudio el expediente, a "que se expida dentro de la mayor brevedad posible" sobre la cuestión de fondo, esto es la constitucionalidad o no de los artículos que establecen la cantidad máxima de licencias que puede tener un grupo económico y la cláusula de desinversión. Inadmisible. En primer término, en un fallo de apenas seis renglones, los siete magistrados rechazaron por "inadmisible" el "per saltum" al considerar que "no se observan los requisitos" que establece la Ley para admitirlo. El Gobierno había acudido por salto de instancia a la Corte, luego del fallo del juez Horacio Alfonso que calificó de "constitucional" la Ley, por considerar que había "gravedad institucional" en la falta de aplicación de la norma. Respecto del recurso extraordinario, los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco ratificaron la prórroga de la medida cautelar que beneficia al Grupo Clarín, que el 6 de diciembre dispuso la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal.Explicaron que la decisión de la Cámara "es fruto de una solución posible que hace pie en las alternativas anticipatoriamente reconocidas en el considerando 11 de la sentencia del 22 de mayo".El 22 de mayo, la Corte había fijado como límite la cautelar el 7 de diciembre pero aclaró que el plazo podía ser revisado "de verificarse conductas obstruccionistas del normal avance del proceso".Durante la causa, el Gobierno recusó y denunció penalmente a todos los jueces de la Cámara, lo que demoró la resolución de la ampliación de la medida cautelar.Por otra parte, los firmantes disintieron con la Cámara respecto a que Clarín todavía tiene para desinvertir el año que fija el artículo 161, una vez que caiga la cautelar. "En este punto, la decisión de la Cámara se aparta de lo decidido por esta Corte el 22 de mayo", señaló el fallo.Por eso, el Tribunal ratificó que para el Grupo Clarín la "adecuación general está suspendida", aunque dijo que la Ley "resulta plenamente aplicable con todos sus efectos a partir del cese de la medida cautelar".Los jueces de la Corte entendieron que la prórroga de la cautelar también "permite asegurar la jurisdicción útil de la Cámara hasta tanto se dicte la sentencia definitiva".Por su parte, la jueza Carmen Argibay adhirió a la extensión de la cautelar, pero opinó que "no es preciso que esta Corte se expida sobre el acierto de las consideraciones" en torno al plazo de un año, "lo cual sólo se tornará relevante al decidirse el levantamiento de la protección cautelar".En tanto, Raúl Zaffaroni consideró "extinguida" la medida cautelar al coincidir con el dictamen de la víspera de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien se había pronunciado por revocar su prórroga.Los siete jueces sí votaron en conjunto para pedirle a la Cámara "que se expida dentro de la mayor brevedad posible", para resolver la cuestión de fondo. Marzo de 2013. Así, la Corte aspira a tratar en el menor tiempo posible la validez de los dos artículos cuestionados y si bien no fijó un plazo concreto, fuentes del tribunal admitieron como fecha tentativa para ello el mes de marzo de 2013. Ahora, la causa quedará en manos de la Sala I de la Cámara, integrada por los jueces Francisco De las Carreras, María Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni, quienes deben resolver si los artículos 45 y 161 son constitucionales o no.Sobre los recursos del Gobierno, voceros del Alto Tribunal consideraron que tanto por parte de los abogados cuanto por las instancias judiciales, estuvieron hasta ahora "plagados de errores jurídicos", que redujeron el margen de maniobra de la Corte. La principal repercusión de los fallos fueron las palabras de la Presidenta (Ver pág. 6) y las declaraciones del ministro Julio Alak.
Zaffaroni
Disidencia parcial. El juez de la Corte Eugenio Zaffaroni votó en disidencia parcial al mostrarse en desacuerdo con la prórroga de la medida cautelar.
Dictamen. Tras hacer alusión al pedido de la procuradora General, Alejandra Gils Carbó, el magistrado instó a los camaristas a que resuelvan lo antes posible.
Unanimidad. No obstante, Zaffaroni votó con el resto de la Corte el rechazo del per saltum.
Argibay
Innecesario. La jueza Carmen Argibay entendió que "no era preciso que la Corte se expidiera sobre el modo en que debe computarse el plazo establecido por el artículo 161 de la ley", una de las normas consideradas "inconstitucionales" por Clarín.
Desinversión. Ese artículo fija el plazo para la desinversión de los grupos de medios.
Cámara. Argibay también le pidió que se expida a la brevedad.

