Crimen de Mariano Ferreyra: confirman el procesamiento de los siete acusados
El crimen ocurrió el pasado 20 de octubre en el barrio porteño de Barracas.
La Cámara del Crimen confirmó los procesamientos de los siete detenidos por el crimen del militante del Partido Obrero Mariano Ferreyra durante una manifestación de trabajadores ferroviarios tercerizados apoyados por agrupaciones políticas de izquierda, el 20 de octubre pasado.
La decisión, adoptada por la Sala Primera de la Cámara, ratifica también la prisión preventiva para todos los procesados.
El fallo confirma el procesamiento dictado en primera instancia por la jueza Wilma López contra Cristian Daniel Favale, Gabriel Fernando Sánchez, Juan Carlos Pérez, Pablo Marcelo Díaz, Francisco Salvador Pipitó, Jorge Daniel González y Guillermo Armando Uño.
¿Más acusados? No obstante, la resolución, de 17 páginas, deja abierta la posibilidad de que en el futuro haya nuevos acusados en la causa, pues no descarta que "el devenir de la investigación pueda involucrar a otras personas".
Los jueces Jorge Rimondi, Alfredo Barbarosch y Luis Bunge Campos consideraron central para su decisión que "la agresión armada que culminó con los resultados lesivos indicados se produjo durante la retirada de los \'tercerizados\' y militantes de diversos partidos políticos que habían iniciado una manifestación en reclamo de los derechos laborales de los primeros, cuando se encontraban a unos 300 metros de las vías del ferrocarril, cuyo servicio intentaron interrumpir como modo de protesta".
Participación. El fallo asigna distintos grados de participación a los detenidos: "sólo Sánchez y Favale efectuaron disparos con armas de fuego que produjeron los resultados lesivos en perjuicio de Ferreyra", por lo que "sólo ellos podrán responder en calidad de coautores" del homicidio agravado.
No obstante, "contaron con la necesaria colaboración de Uño y Pérez", quienes fueron "los encargados de hacer desaparecer inmediatamente las armas de fuego con las que se efectuaron los disparos", por lo que "deben responder como partícipes necesarios".
Por su parte, González y Pipitó, quienes increparon a los periodistas del canal de cable C5N que trabajaban en el lugar, fueron procesados por su participación "secundaria" en los hechos, en tanto que Díaz, el de mayor jerarquía gremial, ya que era secretario de la Comisión de Reclamos de la Unión Ferroviaria, "deberá responder como instigador".
Agresión. El fallo sostiene que el objetivo de la agresión de los ferroviarios era "aleccionar a los \'tercerizados\' para que, en el futuro, no intenten un nuevo corte de vías" como el que aquel día habían tratado de llevar a cabo.
"El enfrentamiento fue provocado por determinados individuos, algunos integrantes de la Unión Ferroviaria, contra el grupo de manifestantes en el momento en que éstos iniciaban la retirada", subraya el fallo.

