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Anulan multa que aplicó Guillermo Moreno por la postergación de los shows de Madonna

La Secretaría de Comercio Interior había multado con $ 50 mil a la empresa Time For Fun.

17 de mayo de 2011 a las 08:47 a. m.
Agencia DyN
Anulan multa que aplicó Guillermo Moreno por la postergación de los shows de Madonna

La Cámara en lo Contencioso Administrativo dejó sin efecto una multa de 50 mil pesos que la Dirección de Comercio Interior, un área que depende del secretario Guillermo Moreno, había impuesto a la empresa que organizó los conciertos de la cantante pop Madonna en diciembre de 2008, que fueron reprogramados porque parte del equipo llegó demorado a la Argentina.

El 15 de junio de 2010, Comercio Interior aplicó la multa a la empresa Time For Fun "por haber modificado la fecha del concierto denominado \'Madonna Sticky & Sweets Tour\', previsto para los días 3 y 6 de diciembre de 2008, reprogramados para desarrollarse los días 5 y 8 de diciembre de ese mismo año, no respetando los términos y plazos, conforme el servicio ofrecido, publicitado y convenido".Justificación. Se basó, para ello, sobre legislación que establece que "quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reserva y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos".Fallo dividido. En un fallo dividido, la Sala Quinta entendió que la postergación de los conciertos se debió a "razones de fuerza mayor" y subrayó que no hubo quejas ni reclamos del público sino que se trató de un expediente promovido de oficio por la propia repartición a cargo de Moreno.El camarista Pablo Gallegos Fedriani destacó que los organizadores deben cumplir con lo anunciado "siempre que así puedan hacerlo".Y contrapuso que "manteniendo el razonamiento lineal que el Ministerio de Economía realiza, en el caso de que hubiese habido un tornado o un incendio o un terremoto que destruyera el estadio de River Plate, Madonna debería haber cumplido igual con los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias que hubiesen sido ofrecidas"."A nadie escapa que un espectáculo como los que produce Madonna requiere no sólo de su sola presencia, sino de un gran equipo de luces, de música, de vestuario, de artistas, de efectos especiales, sin los cuales el espectáculo en sí carecería de atractivo. Madonna sola, cantando parada frente a un micrófono, sin pantallas gigantes, ni fuegos artificiales, ni escenografía especial, en un estadio como el de River Plate", indicó. "Allí sí serían defraudados los derechos del consumidor que espera de un artista internacional de su envergadura un espectáculo que supere al simple cantante frente a un micrófono sin ningún tipo de decorado ni efectos especiales, como podría ser el caso de Edith Piaf", añadió.Los problemas. Los equipos de Madonna debían llegar desde México pero dos aviones que los transportaban tuvieron problemas técnicos y arribaron con mucha demora, casi sobre la hora del inicio previsto para el primer concierto."El material necesario para el espectáculo no pudo arribar a tiempo por diversas causas sólo puede atribuirse a un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor. La ley no puede evitar la exculpación que implica un supuesto de caso fortuito... pretender lo contrario sería elevar a Madonna a la categoría de diosa infalible, lo que por el momento no ha sucedido ni ella lo ha pretendido", resume el fallo. Por su parte, el juez Jorge Alemany entendió que "los hechos que impidieron la realización de los recitales de la artista Madonna en las fechas inicialmente difundidas, no pudieron ser razonablemente previstos ni evitados".Además, "las actuaciones administrativas fueron iniciadas de oficio por la autoridad de aplicación y no surge de las constancias que los espectadores hayan formulado quejas sobre el asunto, por lo que la conducta (de los organizadores) no provocó un perjuicio concreto". El tercer integrante de la sala, Guillermo Treacy, se había pronunciado por confirmar la multa impuesta por la Dirección de Comercio Interior.