Una bisagra en la violencia familiar
l Este criterio del TribunaSuperior de Justicia intenta restringir los márgenes de impunidad en este tipo de ilícitos. Gustavo Martínez.
Cuando el Tribunal Superior de Justicia dio a conocer la sentencia que agrava la pena aplicada a los padres de la pequeña Ludmila, gran parte del debate público giró en torno de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la prisión perpetua en los homicidios calificados por el vínculo. Sin restarle importancia a este asunto –que merece un artículo aparte–, no debería pasar inadvertida la verdadera novedad en la jurisprudencia que introduce el fallo firmado por las vocales Aída Tarditti, María Esther Cafure de Battistelli y Mercedes Blanc de Arabel. El máximo tribunal cordobés sostuvo que cuando se produzcan maltratos en perjuicio de menores en el ámbito intrafamiliar, ambos progenitores tienen responsabilidades penales equivalentes, aunque no pueda individualizarse quién fue el autor activo y quién el coautor o partícipe omisivo.El Tribunal Superior basa su decisión en la paridad que tienen ambos progenitores en cuanto a los deberes de protección de los niños y las posibilidades efectivas que tienen de cumplirlos cuando ambos conviven en el mismo hogar.La sentencia insiste en que la madre de Ludmila "no habría podido seguir adelante" en sus maltratos si el padre hubiese desplegado comportamientos de protección hacia la niña. La omisión de toda actividad tendiente a procurar una evitación de la continuidad de los malos tratos, sin que surjan imposibilidades de actuar conforme al rol de protección, denota una cooperación que fue ingresada en la modalidad fáctica o concreta de ejecución", señala el fallo. Asimismo, el alto tribunal remarca que la omisión no es un mero concepto ontológico de no hacer, sino que también puede comprender "cualquier comportamiento positivo, pero contrario al adecuado, para evitar el riesgo o daño en el ámbito de su concreción típica".No resulta un dato menor que el máximo tribunal haya introducido este novedoso criterio en el caso Ludmila, ya que este terrible episodio, que conmocionó a toda la sociedad cordobesa, aceleró en definitiva la sanción de la Ley de Violencia Familiar, que marca un hito en la lucha contra este tipo de maltrato, tan arraigado en nuestra cultura. Indudablemente, la sentencia dictada por el Tribunal Superior en la causa Bachetti constituye toda una definición de política judicial, que incidirá en los tribunales inferiores. En definitiva, ese criterio intenta restringir los márgenes de impunidad en este tipo de ilícitos que, por lo general, se suscitan en la intimidad de la familia, un ámbito siempre difícil de asir por el sistema judicial, un espacio que favorece el ocultamiento.

