Licencias para la abogacía litigante: un derecho postergado
La reglamentación de un régimen de licencias por motivos de enfermedad, accidente, cuidado de hijo o de hija recién nacido o violencia de género durante los procesos judiciales es una solicitud imprescindible.
La abogacía es uno de los pilares de la democracia y merece ser reconocida como tal. En el Consejo de la Magistratura, abogadas y abogados de todo el país tenemos la posibilidad de estar representados en cuatro de sus 20 integrantes. Por lo tanto, somos parte de ese equilibrio de pesos y contrapesos institucionales. Un equilibrio que garantice una Justicia federal, equitativa, y un rumbo claro hacia la igualdad real de oportunidades.
En ese contexto, cada abogado y abogada que recorre los pasillos de tribunales todos los días, la mayoría de las veces con escasos recursos y esquivando obstáculos de un sistema judicial poco ágil y arcaico, lleva en su profesión una vocación de responsabilidad social. Una vocación que vigila en primera persona los derechos de la ciudadanía y que siempre estará al pie del cañón para velar por una sociedad justa, equitativa y donde no haya privilegios elitistas.
Por eso, resulta necesario custodiar también los intereses de los trabajadores del derecho. Somos los primeros que cuidamos a la ciudadanía velando por su legítima defensa y nos enorgullece esa responsabilidad social. Como tal, esta debe ser llevada a cabo en las mejores condiciones posibles para la defensa de la clientela, y una licencia laboral para la abogacía litigante es un derecho necesario a la hora de jerarquizar la defensoría.
Una licencia no significa detener o afectar el proceso judicial. Estos seguirán su debida marcha sin desatender a la ciudadanía. Además, cada cliente tendrá el derecho de prescindir de los servicios del abogado licenciado. La disposición simplemente trata de reconocer el esfuerzo de uno de los pilares fundamentales de nuestra democracia.
La reglamentación de un régimen de licencias por motivos de enfermedad, accidente, cuidado de hijo o de hija recién nacido o violencia de género durante los procesos judiciales es una solicitud imprescindible.
Resulta increíble que estos reclamos nunca hayan sido escuchados. O, peor aún, que nunca hayan sido expuestos por parte de la representación del derecho. A la abogacía le ha costado siempre autorreconocerse como personas que trabajan, como trabajadores y trabajadoras que deben ser tratados sin ningún tipo de discriminación en cuestiones de legislación laboral. Las licencias, por ende, son lo mínimo que se puede pretender, dado la larga historia argentina en conquista de derechos.
En articulación con distintos colegios de abogados del interior, venimos trabajando hace tiempo por este derecho y celebramos cada vez que en alguna provincia vemos avances en este aspecto. Hace poco, en Santa Fe, el Colegio de Abogados impulsó un proyecto de ley para validar las licencias en la Legislatura provincial. En el mismo, se promueven licencias de distintas causas. Por ejemplo, en el caso de enfermedad inhabilitante o accidente, se podrá solicitar hasta 15 días hábiles judiciales por año calendario. Salta ha sido pionera en este tema para licencias de abogados y abogadas.
En Córdoba también podemos estar satisfechos con el trabajo que venimos haciendo. La Legislatura, con base en un proyecto presentado por las instituciones que representan a la abogacía provincial, analiza una reforma en el Código Procesal Civil y Comercial, y en ella se busca suspender por ley los plazos procesales. La suspensión tendría lugar en casos de cuidado de un recién nacido o en casos en que la abogada o el abogado que lleva la causa sea víctima de violencia de género.
Dicha modificación permitirá que las profesionales del derecho accedan a la posibilidad de tomarse los días por maternidad sin tener que correr tras los expedientes. La suspensión de los plazos procesales no sólo se podrá aplicar en el momento de la maternidad natural, sino en otras ocasiones, como pueden ser la adopción o la guarda.
También emociona ver que La Pampa se ha sumado a través de su Caja Forense al otorgamiento de un subsidio por paternidad o maternidad para sus afiliados, como ya sucede en Córdoba. San Juan también avanza en el proyecto de licencias con reformas de los códigos de procedimientos civiles y comerciales.
Estas conquistas que nacen desde el interior, región que a la Justicia le cuesta integrar con su elitista agenda capitalina, son la demostración de que hay un sentido federal de reconocimiento de los derechos para la abogacía litigante. Un reconocimiento que poco a poco se empieza a vislumbrar, pero que necesita ser llevado a todos los rincones del país y contemplado como un derecho impostergable.
* Consejera suplente en representación de la abogacía

