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Vigencia de la "tablita" virtual

El Gobierno mide la situación económica con un doble rasero.

05 de abril de 2010 a las 12:01 a. m.
Vigencia de la "tablita" virtual

Durante la vigencia de la llamada "tablita Machinea", se estableció un mecanismo de incremento automático de la alícuota del Impuesto a las Ganancias en sincronía con los mayores ingresos que percibía el trabajador, por lo que quienes estaban en relación de dependencia llegaron al extremo de rechazar los incrementos de sus haberes, ya que los hacían ingresar en una categoría con una base imponible que en la práctica suponía la neutralización de los aumentos y, en otros, su disminución.

Se degradaba así la distribución del ingreso, porque tiempo después, a medida que se operaba la recuperación de la economía tras el descalabro de 2001, aumentaban los salarios y, en forma correlativa, las obligaciones tributarias.

Así, obreros y empleados debían renunciar a sus legítimos derechos a percibir una remuneración que les permitiera sobrellevar el crecimiento imparable de los precios. Peor aun, la "tablita" terminó por transformarse en un poderoso difusor de la remuneración "en negro", que implicaba otra pérdida, porque ese reajuste informal no era considerado en la liquidación del aguinaldo, en asignaciones como la antigüedad ni en el pago de indemnizaciones por despido, accidentes de trabajo y seguro de vida.

Los reajustes por inflación están ordenados por la ley 21.894 y legislaciones complementarias, pero no se cumplen. Desde hace más de dos años, el costo de vida está instalado con creciente firmeza en los dos dígitos anuales, pero no se produce el correlativo reajuste de las bases tributarias. Por lo contrario, el Gobierno nacional fija techos para esas recomposiciones, siempre más bajos que los reales.

Se está, pues, de regreso en 2008, cuando se suprimió la "tablita" para atender tanto a las presiones del movimiento sindical como a las urgencias que planteaban las elecciones.

Se está de regreso a la ganancia salarial ficticia, como señalaron diversos fallos judiciales durante la vigencia del mecanismo ideado por José Luis Machinea. Los pronunciamientos judiciales fueron claros e incontrovertibles al afirmar que "la privación del mecanismo de ajuste por inflación en las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias afecta principios y derechos de raigambre constitucional".

Por llamativo contraste, el Gobierno mide la situación económica y social con un doble rasero, porque mientras congela el reajuste por inflación en los tributos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) anunció que, por el ajuste del 8,21 por ciento en las jubilaciones, aumenta en la misma proporción la cuota mensual que deben pagar los autónomos con destino a la Seguridad Social (incluye jubilación y Pami).

Por la ley de movilidad jubilatoria, cada vez que aumentan los haberes previsionales (marzo y setiembre), se reajusta la cuota de los autónomos. Esa ley sí se cumple.