Otra caída de la demanda laboral
Se redujo 23,19% respecto de agosto del año pasado, aunque mejoró en relación con julio. Obligatoriedad de ART para el empleo doméstico.
En agosto, el Índice de Demanda Laboral (IDL) elaborado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba aumentó respecto a julio 14,46 por ciento en el registro con estacionalidad, mientras que en términos desestacionalizados el alza fue de 10,42 por ciento. Sin embargo, en la medición interanual (respecto de agosto de 2013), la caída fue del 23,19 por ciento, siendo la más pronunciada en lo que va del año.
El resultado se explica por la disminución en el número de pedidos de personal no calificado (35,05%) y calificado (17,88%).
En términos mensuales, el empleo calificado presentó un aumento de 16,02 por ciento y el empleo no calificado registró una suba del 10,28 por ciento. En el primer grupo, la demanda de profesionales aumentó un 20,18 por ciento, mientras que los pedidos de no profesionales crecieron un 13,85 por ciento.
En el análisis por sectores, servicios presentó el mayor aumento; un 35,26 por ciento en comparación con el mes anterior. Mientras que, los sectores industria y comercio aumentaron en 15,41 por ciento y 9,91 por ciento, respectivamente. Considerando la variación interanual se observó un aumento del 14,06 por ciento para comercio; mientras que los pedidos en servicios e industria fueron 41,42 por ciento y 32,52 por ciento inferiores, respectivamente, al valor observado en agosto de 2013.
Al comparar los pedidos acumulados al mes de agosto de 2014, respecto a igual período de 2013, se observa que la cantidad de empleos solicitados experimentó una variación negativa del 10,61 por ciento.
Desde noviembre
En otro orden, a partir de noviembre comenzará a hacerse efectiva la obligación de contratar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) para los empleados de casas particulares.
Ayer se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 2224 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en la cual aprueban los contratos de afiliación de los empleadores del servicio doméstico.
La incorporación al régimen que cubre los posibles accidentes de trabajo y enfermedades profesionales fue establecida el año pasado en la nueva ley que rige al sector y fue reglamentada por un decreto de abril de 2014.
Sin embargo, se había dejado en suspenso la obligación hasta que la Superintendencia y la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) dictaran las normas correspondientes. La resolución aclara que entrará en vigencia el primer día hábil de noviembre.
Ahora el organismo de control de la ART aprobó los modelos de contratos y fijó un plazo de tres meses para que las empresas los implementen, aunque quienes tengan a cargo una empleada doméstica podrán afiliarse mientras tanto con el procedimiento general.
Entonces, desde noviembre será obligatorio abonar una cuota mensual que cubra los riesgos de accidentes en el hogar y en tránsito del trabajador.

