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Más control por Bienes Personales

Según la normativa de la Afip, quienes tengan un patrimonio superior a 305 mil pesos deben tributar entre 0,5 por ciento y 1,25 por ciento al año. Se puede tomar la percepción por compra de dólares como pago a cuenta.

08 de abril de 2016 a las 12:05 a. m.
Más control por Bienes Personales

La semana que viene, comienzan los vencimientos del Impuesto sobre los Bienes Personales y, sin ninguna modificación del mínimo no imponible, cada vez son más los que empiezan a pagar. Si bien hay muchas personas que evitan la presentación de la declaración jurada anual, para este año hay algunas cuestiones que conviene recordar.Primero, aquellos que decidieron sacar su número de Cuit para pedir el reintegro de la percepción por compra de dólares, viajes y gastos en el exterior hasta 2014 ahora están inscriptos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip). Esto implica que quedaron "bajo el radar" del fisco y sujetos a un mayor control.Segundo, la devolución por las percepciones por operaciones de 2015 recién se podrá pedir luego de los vencimientos de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales, según indicó el organismo recaudatorio. Esto implica que quienes no cumplan con este requisito no podrán solicitar el reintegro de esos pagos a cuenta. Tercero, la Afip informará a cada contribuyente qué bienes están declarados bajo su titularidad. Se puede realizar ingresando con clave fiscal en la herramienta "Ganancias y Bienes Personales - Nuestra parte" (hay que adherir el servicio). Esto servirá como referencia para la confección de sus declaraciones juradas.También hay que considerar que quienes compraron dólares tienen esta operación declarada ante el fisco, con lo cual deben declararlos a fin de año, salvo que hayan viajado al exterior o puedan justificar que los utilizaron de otra manera. Cuánto pagar La persona cuyo patrimonio supera los 305 mil pesos de piso tributan el impuesto sobre el monto total, con una alícuota que parte del 0,5 por ciento para el caso de que los bienes no superen los 750 mil pesos y se eleva hasta llegar al 1,25 por ciento, si el patrimonio es mayor a cinco millones de pesos. Como referencia, con bienes por un millón de pesos (según la valuación prevista por la Afip) se paga un 0,75%, es decir 7.500 al año. El impuesto es anual y se puede pagar hasta en tres cuotas.Un punto importante para la declaración de 2015: quienes tienen percepciones por compra de dólares o viajes al exterior durante el año pasado y no tributaban Ganancias, pueden tomar esos pagos a cuenta de Bienes Personales.De esta manera, la declaración patrimonial podría arrojar un saldo a favor (si las percepciones son más altas que el impuesto a pagar), que se podría utilizar para años posteriores, o bien pedir el reintegro a la Afip. Impuesto a las Ganancias En el caso de personas cuyas percepciones durante 2015 hayan superado el pago del impuesto a los ingresos en todo el ejercicio, también pueden utilizar ese saldo a cuenta de Bienes Personales.