Creció la presión fiscal sin suba de las alícuotas
En 2001, se comenzaba a tributar Ganancias con un salario 6,5 veces superior al mínimo. Hoy está alcanzado con sólo 1,96 veces superior.
El proceso de deterioro de las cuentas fiscales de todos los niveles de gobierno derivó en los últimos años en un aumento en la presión tributaria efectiva sobre las familias y empresas desde los diferentes aparatos, tanto nacional como provinciales y municipales.
En un informe titulado “También se pueden subir impuestos sin cambiar alícuotas”, el Instituto Argentino de Análisis Fiscal, que dirige el economista Nadin Argañaraz, menciona que, en el caso de las provincias y municipios, tal incremento de la presión tributaria se realizó en forma directa, con participación de los órganos correspondientes del poder legislativo, y a traves de dos vías principales: el aumento de alícuotas legales o de las bases imponibles.
Pero, en el caso del fisco nacional, a pesar de que no se han producido modificaciones en las alícuotas legales de los principales impuestos, también se ha producido un importante crecimiento en la presión tributaria, sólo que a través de una vía indirecta: la de no ajustar los parámetros de liquidación de los impuestos en consonancia con el crecimiento de los precios y, como tal, no ha sido tratado por el Congreso nacional.
Al ser estos impuestos coparticipables, los gobiernos provinciales y municipales también están percibiendo un flujo extra de ingresos por esta vía, aclara el informe.
Impuesto inflacionario. Hay dos principales distorsiones provocadas por la inflación sobre el cálculo del Impuesto a las Ganancias de personas físicas, y que se traducen en un aumento en el número de contribuyentes del impuesto y en una mayor tasa efectiva de aquellos que ya estaban alcanzados. Por un lado, la insuficiente actualización de los mínimos no imponibles y deducciones. Y, por otro, la falta de ajuste de los topes de los tramos de escala sobre los cuales se aplica la tasa progresiva del impuesto, que no se modifican desde el año 2001.
Al respecto, el Iaraf ejemplificó que un trabajador cuyos ingresos anuales totales superaban en 2001 en un 50 por ciento los mínimos, tributaba en ese entonces el nueve por ciento sobre ese excedente. En esta situación se encontraba un trabajador casado con dos hijos que ganaba aproximadamente 31.600 pesos anuales y podía computar mínimos por 21.600, quedándole un excedente imponible de 10.000. Este mismo trabajador, que en el año 2013 sigue obteniendo ingresos superiores en un 50 por ciento a los mínimos, pagaría por ese excedente una alícuota efectiva de aproximadamente el 19 por ciento, es decir más del doble que en 2001. Así, hoy están alcanzados por Ganancias quienes tienen una remuneración sólo 1,96 veces superior a los mínimos actuales, cuando en 2001 era 6,5 veces superior.

