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Instalaciones eléctricas certificadas

A partir del 1º de diciembre del corriente todas las instalaciones eléctricas en la Provincia deberán tener, sin excepción, el certificado de instalación eléctrica apta.

06 de septiembre de 2019 a las 12:04 a. m.
María Allisiardi
Instalaciones eléctricas certificadas
Deberán dar cumplimiento a la mencionada Ley presentando a Ersep el “Certificado de Instalación Eléctrica Apta”, para ello el plazo es el 1º de diciembre de 2019.

En el año 2017, precisamente el 1º de diciembre, se implementó la ley de Seguridad Eléctrica 10.281 fruto de un trabajo conjunto entre el sector privado y público, con el fin de reducir al máximo los accidentes para los cordobeses en general.

En este sentido, la resolución general de ERSeP (46/2017) estableció un plazo de dos años para que en toda la provincia todas las instalaciones eléctricas acrediten el certificado de aptitud ante la distribuidora.

Deberán dar cumplimiento a la mencionada Ley presentando a Ersep el “Certificado de Instalación Eléctrica Apta”, para ello el plazo es el 1º de diciembre de 2019.
Deberán dar cumplimiento a la mencionada Ley presentando a Ersep el “Certificado de Instalación Eléctrica Apta”, para ello el plazo es el 1º de diciembre de 2019.

La norma alcanza a las instalaciones eléctricas existentes de todos los inmuebles, lugares y locales de acceso público, sean estos interiores o exteriores, de carácter público o privado en el ámbito de la provincia.

Es decir, deberán dar cumplimiento a las previsiones de la mencionada Ley, efectuando la adecuación de dichas instalaciones a la normativa dictada por el ERSeP y acreditándolo ante la correspondiente distribuidora mediante la presentación del “Certificado de Instalación Eléctrica Apta”, para ello el plazo es el 1º de diciembre de 2019.

Esto incluye a edificaciones con puntos de conexión y medición agrupados, de acuerdo a la resolución de ERSeP (54/2018), la cual incluye las instalaciones eléctricas existentes del usuario (incluida la Montante Eléctrica o instalación equivalente), correspondiente a suministros agrupados, tales como sistemas colectivos de medición para edificios de propiedad horizontal o similares, mientras no sean conjuntos de puntos de conexión y medición independientemente ejecutados.

La norma alcanza a las instalaciones eléctricas existentes de todos los inmuebles, lugares y locales de acceso público, sean estos interiores o exteriores, de carácter público o privado en el ámbito de la provincia.
La norma alcanza a las instalaciones eléctricas existentes de todos los inmuebles, lugares y locales de acceso público, sean estos interiores o exteriores, de carácter público o privado en el ámbito de la provincia.

Electricistas habilitados

La certificación estará a cargo de Instaladores Electricistas Habilitados de categoría I o II, según el alcance de su título, ya que los Instaladores de categoría III no tienen incumbencias para certificar tales instalaciones.

Sin la certificación los propietarios de instalaciones serán sancionados según lo dispone la resolución general de ERSeP Nº 97 sobre el régimen de infracciones y sanciones.