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Qué dice el veredicto que condenó al falso médico del COE en Río Cuarto

A Ignacio Martín le dieron siete años de prisión. Estos son los puntos principales del fallo. Los fundamentos se conocerán el lunes 9 de octubre.

20 de septiembre de 2023 a las 01:25 p. m.
Qué dice el veredicto que condenó al falso médico del COE en Río Cuarto
Río Cuarto. Ignacio Martín fue condenado sólo por algunos de los delitos por los que fue acusado (La Voz/Archivo).

Tras un juicio que insumió casi dos meses, el Tribunal integrado por Nicolás Rins, Natacha García y Daniel Vaudagna en Río Cuarto resolvió:

  • Absolver a Ignacio Martín de los delitos de uso de documento privado falso, homicidio simple (con dolo eventual) y tentativa de defraudación calificada.
  • Declararlo autor material y penalmente responsable de los delitos de usurpación de título (primer hecho), ejercicio ilegal de la medicina (primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto hechos) ambos delitos en concurso ideal, defraudación calificada continuada (segundo y quinto hecho) falsedad ideológica de instrumento público reiterada -dos hechos- en concurso real (segundo y quinto hecho) y lesiones leves (sexto hecho), todos en concurso real.
  • Imponerle para su tratamiento penitenciario, la pena de siete años de prisión, máximo de la multa ($ 12.500), accesorias de ley y las costas y comunicar a las víctimas la presente decisión.
  • Hacer lugar al pedido de la Fiscalía de Cámara y de la defensa y remitir a la Fiscalía de Instrucción Subrogante de la ciudad de Córdoba, a cargo de la Dra. Daniela Maluf, -SAC 9.826.759- y a la Fiscalía de Instrucción en Turno de esta ciudad, las constancias de este debate y demás antecedentes a los efectos dispuestos en los considerandos.
  • Remitir los antecedentes del debate y copia de esta sentencia a la fiscalía de origen para que se continúe investigando las eventuales responsabilidades (de funcionarios) en el hecho cuarto (ejercicio ilegal de la medicina).
  • Emplazar a Ignacio Nicolás Martín para que, dentro del término de quince días a contar desde que la presente sentencia adquiera firmeza, abone la suma dineraria equivalente a 1,5 Jus ($ 8.953.36) en concepto de tasa de justicia.
  • Hacer lugar a la acción civil resarcitoria promovida por la Municipalidad de Río Cuarto en contra de Ignacio Nicolás Martín y, en consecuencia, condenar al nombrado a abonar al actor civil en el término de diez días de quedar firme la presente sentencia, la suma de $ 86.960, por daño material, con más intereses.

Los fundamentos del fallo se conocerán el lunes 9 de octubre.