Para la Justicia, mujer que siguió usando la tarjeta de débito de su ex no cometió delito
Su ex la había denunciado por seguir usando una extensión del plástico, una vez terminada la relacion. La Cámara en lo Criminal entendió que pese a que el dinero estaba depositado en la cuenta de su exconcubino, pudo haber sido producto del “sacrificio y esfuerzo” de la pareja, que convivió durante diez años.
La Cámara en lo Criminal afirmó que no incurrió en el delito de hurto ni en el de defraudación la mujer que siguió utilizando una extensión de la tarjeta de débito de su ex pareja, un hombre con el que había convivido durante diez años, informaron hoy fuentes judiciales.
La Sala VI de la Cámara revocó el procesamiento dictado en primera instancia a la mujer y dispuso su sobreseimiento porque consideró que realizó los gastos y extracciones de una cuenta bancaria cuyo dinero pudo haber sido producto del “sacrificio y esfuerzo” de la pareja.
En su descargo la imputada había dicho que su ex compañero, excluido en 2014 del hogar que compartían por una denuncia de violencia familiar, era reticente en los trámites bancarios y que era ella quien se ocupaba de abonar los gastos familiares.
El tribunal recalcó que si bien el concubinato requiere de mayor rigor en materia probatoria, en el derecho argentino "la relación entre convivientes no está teñida de ilicitud”.
Los camaristas Mario Filozof y Mauro Divito evaluaron que el denunciante y la imputada, por el prolongado tiempo que convivieron, “conformaban una sociedad de hecho”, por lo que “la propiedad de los bienes perteneciente a cada uno de ellos es de imposible determinación”.
Con los elementos aportados al sumario penal “existe enorme incertidumbre sobre si realmente existió desapoderamiento de lo ajeno”, argumentaron los camaristas.

