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Coronavirus: cumplen la cuarentena en la ciudad de Córdoba, pidieron volver a su casa en Laboulaye y un juez se los negó

El magistrado consideró que “no se encuentran bajo ningún supuesto de amenaza o efectiva restricción arbitraria o ilegal de su libertad ambulatoria”.

24 de abril de 2020 a las 10:57 a. m.
Coronavirus: cumplen la cuarentena en la ciudad de Córdoba, pidieron volver a su casa en Laboulaye y un juez se los negó
Palacio de Tribunales. (La Voz / Archivo)

El juez de Control en lo Penal Económico N°1 de la ciudad de Córdoba, Gustavo Enrique Hidalgo, rechazó el pedido de dos vecinos de la localidad de Laboulaye para volver a su pueblo desde la Capital provincial, donde cumplen el aislamiento obligatorio, informó la Justicia.

Ezequiel Jeremías Alejandro Torres y Joaquín Elías José Torres presentaron un habeas corpus preventivo y señalaron que la página web en la que tienen que tramitar los permisos de circulación excepcionales está fuera de servicio y que eso limitaba o amenazaba su libertad ambulatoria debido que les impide volver a su casa.

Sin embargo, el juez consideró que “no se encuentran bajo ningún supuesto de amenaza o efectiva restricción arbitraria o ilegal de su libertad ambulatoria”.

El magistrado recordó que frente a la saturación en las consultas en el sitio web y el alto número de permisos tramitados, el Gobierno nacional dispuso un cupo para administrar la habilitación de la “Certificación para el Regreso al Domicilio Habitual”.

Hidalgo también aclaró que la página web no está "fuera de servicio", ya que aparece la leyenda: "La totalidad de permisos de circulación para el día de hoy ya han sido emitidos. Es importante que nos cuidemos entre todos. Muy pronto podrás volver a casa".

El magistrado sostuvo además que es “evidente que el régimen de aislamiento social, preventivo y obligatorio" dispuesto "ha implicado una restricción de la libertad ambulatoria para todos los habitantes y personas que residan temporaria o definitivamente en el territorio argentino, que no evidencia sesgo de arbitrariedad alguna”.

La resolución precisa que los Torres no se encuentran autorizados para regresar al pueblo, porque su retorno se encuentra “condicionado a la autorización que deben tramitar” en el modo y por el medio especificados en la resolución conjunta 2/2020 de los ministerios de Transporte y del Interior de la Nación.

Por eso, el juez concluyó que los inconvenientes informáticos o de cualquier otro orden que pudiesen presentarse para la tramitación de permisos de circulación excepcionales "no se erigen como presupuestos para invocar y menos evidenciar una vulneración a la libertad de locomoción", tutelada por la Constitución Nacional y la provincial que amerite reparación mediante  un habeas corpus preventivo.