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Argentinos que salgan del país con más de U$S 10 mil deberán declararlos

Abarca tanto el dinero en efectivo como cheques y pagarés.

05 de enero de 2011 a las 12:20 p. m.
Agencia DyN
Argentinos que salgan del país con más de U$S 10 mil deberán declararlos
DÓLARES. Si son más de 10 mil, habrá que declararlos.

Los argentinos que viajen al exterior deberán hacer una declaración jurada ante la Aduana si llevan consigo dinero en efectivo, cheques o pagarés por un valor igual o superior a los 10.000 dólares.

Así lo recordó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante la resolución general 3010, publicada hoy en el Boletín Oficial, y que tiene vigencia desde el 1 de enero de este año.

"Los viajeros de cualquier categoría y los tripulantes deberán declarar el importe de la moneda nacional de curso legal y los instrumentos monetarios emitidos en dicha moneda o en moneda extranjera que egresan del territorio argentino, cuando el total de ellos tenga un valor igual o superior al equivalente a 10.000 dólares estadounidenses", sostiene la norma.

En el caso de menores de 16 años no emancipados, el valor a declarar será igual o superior al equivalente a 5.000 dólares.

Los valores se computarán por cada viajero o tripulante y abarcará tanto el dinero en efectivo, como cheques y pagarés, entre otros instrumentos monetarios.