Lechería: rige la liquidación única
Desde el corriente mes, los operadores lácteos deberán enviar a analizar muestras de la leche cruda remitida durante el mes por cada productor, con un mínimo de cuatro muestras al mes.
La Secretaría de Agricultura y Ganadería de la Nación aprobó la reglamentación de la liquidación única, a través de la resolución 683/2011, publicada en el Boletín Oficial. Esto significa que desde el corriente mes, los operadores lácteos deberán enviar a analizar muestras de la leche cruda remitida durante el mes por cada productor, con un mínimo de cuatro muestras al mes. En función de los resultados analíticos de laboratorio obtenidos e informados en el Resumen Mensual de Remisión de Materia Prima, se realizarán la liquidación de pago única, obligatoria y universal, la cual será entregada a los productores junto con una planilla sin valor fiscal que permitirá a éstos comparar la calidad de su leche con respecto a la establecida como "Leche de Comparación".Según el texto de la resolución, la leche cruda destinada a elaboración durante el mes deberá ser enviada a analizar por los empresas a laboratorios que se encuentren habilitados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti). Para cada forma de entrega se deberán realizar, mínimamente, los siguientes análisis: composición (porcentaje de grasa butirosa y proteína), unidades Formadoras de Colonias (UFC) e Información de Crioscopia, en cuatro ocasiones como mínimo. Además de recuento de Células Somáticas (RCS) y Presencia de Inhibidores, en dos ocasiones, como mínimo.El tercer día hábil del mes siguiente al período a informar, el sistema informático del laboratorio generará un formulario con el resumen mensual. El texto completo de la reglamentación se puede consultar en http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/exos/185000-189999/188915/norma.htm

