Carlos Paz: Fallo a favor del municipio por litigio con cadena de farmacia
La Cámara de Acusación rechazó un amparo interpuesto por la cadena Forbes para abrir una franquicia en esta ciudad.
Villa Carlos Paz. Fue uno de los caballitos de batalla del intendente Esteban Avilés en su paso por el Concejo de Representantes. La prohibición de ingreso a la ciudad de las cadenas de farmacias fue un proyecto de ordenanza elaborado por Avilés como concejal y aprobado por el cuerpo durante el gobierno de Carlos Felpeto.
Apenas asumió, en diciembre pasado, la cadena Forbes presentó un amparo ante la Justicia local para que se le posibilite abrir un local. La ordenanza que regula la actividad expresa una restricción que indica que el mínimo de distancia entre una farmacia y otra en el ejido municipal debe ser de 300 metros. Y como el local de Forbes se ubicó a unos 270 metros de otro comercio del mismo rubro, entró en litigio con el municipio.La empresa presentó un amparo ante el juez de control, Daniel Strasorier, que le dio curso y pudo comenzar a trabajar en el local. Sin embargo, el municipio apeló y la Cámara de Acusación de Córdoba le dio la razón en un fallo que se conoció este viernes. La Cámara está integrada por Gabriel Pérez Barberá, Carlos Alberto Salazar y Francisco Horacio Gilardoni.El fallo apunta a la importancia de la "localía" en la toma de decisiones sobre el desarrollo comercial de cada ciudad. En los fundamentos de la medida, señala que Forbes incurrió en un "claro incumplimiento de la ordenanza". Y apunta que el caso no amerita un planteo de inconstitucionalidad de la ordenanza que regula la actividad.
"Tales exigencias son las de claridad y razonabilidad. Si la ley objetada es respetuosa de estos mandatos constitucionales, no podrá endilgarse a la Municipalidad de Villa Carlos Paz ningún reparo constitucional a su accionar, y deberá en consecuencia revocarse la resolución apelada", sostienen los jueces en el fallo.En cuanto a la localía, la ordenanza establece que los titulares de las farmacias deben tener residencia comprobable en Villa Carlos Paz.
En este sentido, los jueces señalaron: "En efecto, si lo que se busca es fomentar la localía, es claro que la exigencia de un tiempo mínimo de residencia en el lugar es objetivamente idónea para el logro de dicha finalidad. Porque ello asegura, por lo menos en parte, que sólo podrán llevar a cabo el emprendimiento económico de que se trate personas que formen parte de la comunidad interesada".

