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Siniestros viales siguen sin penas elevadas

Tras más de cinco años de proceso judicial, Ignacio Caminada Rosseti fue condenado a tres años de prisión en suspenso por homicidio culposo en perjuicio de Leandro Ravasi (26). La familia de la víctima repudió el fallo, ya que esperaba que fuera a la cárcel.

20 de febrero de 2016 a las 12:05 a. m.
Siniestros viales siguen sin penas elevadas
Sentencia. Hubo gran expectativa en la Cámara 9ª del Crimen. Mientras el acusado respiró aliviado, la familia de la víctima reprochó el fallo (Pedro Castillo/LaVoz).

El llanto sin consuelo se prolongó cerca de media hora en el banquillo de los acusados, después de la lectura del veredicto que condenó a Ignacio Caminada Rosseti por la muerte de Leandro Ravasi Tea (26). Al borde del espasmo, el conductor homicida lloraba sin que pudieran calmarlo. Sabiendo que podía ir preso, esas últimas horas fueron muy tensas, hasta que tomó conciencia de que iba a regresar caminando a su casa. Al mismo tiempo, fuera de la sala de audiencias, los familiares de la víctima no podían con la indignación. Los papás Miguel Ravasi y Clelia Tea encabezaban una protesta con velas a la puerta de la Cámara 9ª del Crimen luego de que la muerte de su hijo atropellado cosechó una calificación legal de homicidio culposo y su responsable fue condenado a tres años de prisión condicional. Era el mediodía de ayer y el juicio había concluido con sensaciones enfrentadas. La muerte de un joven esta vez tampoco mereció la figura de homicidio simple con dolo eventual y volvió a configurar, para el tribunal, un hecho culposo. En este caso, la pena de prisión es en suspenso. El criterio judicial continúa la misma tendencia que es criticada por los familiares de víctimas de tránsito: los siniestros viales son valorados con una figura penal que prevé hasta cinco años de prisión (efectiva o en suspenso, por lo general la segunda). Todo ocurrió la madrugada del 13 de junio de 2010, cuando Leandro salía del boliche La Estación, en Nueva Córdoba, y cruzó la avenida Poeta Lugones. Según la causa, cuando traspuso el cantero central fue embestido por el Ford Fiesta que guiaba Caminada Rosseti. El cuerpo golpeó de costado y estuvo sobre el capó del auto hasta que este se detuvo decenas de metros más adelante. Al frenar, Leandro cayó, pero el conductor volvió a arrancar y lo pasó por encima. El infortunado murió minutos después.Caminada se entregó al mediodía junto su abogado Justiniano Martínez. El letrado reveló que cuando lo recibió aquella vez le advirtió que sería condenado, y ante la pregunta respecto de la prisión, le dijo que no podía asegurarlo, pero que su experiencia le decía que no. Criterios disímiles En su alegato, el fiscal Carlos Ferrer consideró que hubo dolo eventual y solicitó el mínimo por homicidio simple: ocho años de prisión (efectiva). En cambio, la defensa –Martínez y Carlos Hairabedian– pidió también condena pero en los mismos términos que resultó el veredicto (culposo y sin cárcel efectiva). Además, se lo inhabilitó a manejar por siete años. Los padres, hermana y allegados de Leandro siguieron masticando la decepción. Esperaban que el acusado fuera "un tiempo preso para que reflexionara". Miguel, el papá, consideró: "Con esto, se brinda impunidad". Antes de la deliberación, Caminada dijo: "Nuevamente, quiero pedir disculpas a la familia; no soy un asesino", y se le quebró la voz. El papá de Leandro comentó: "Este chico dice que no es un asesino, pero lo mató".