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Shopping deberá pagar $ 136 mil a clienta a la que intentaron asaltar en el estacionamiento

Lo dictamina un fallo de la Justicia de Buenos Aires. El hecho ocurrió en 2010 en el Shopping Abasto, cuando dos delincuentes intentaron robarle la cartera y la tiraron al piso, sin poder llevarse su cartera.

10 de abril de 2015 a las 03:42 p. m.
Agencia DyN
Shopping deberá pagar $ 136 mil a clienta a la que intentaron asaltar en el estacionamiento
Imagen ilustrativa (LaVoz/Archivo).

La Justicia en lo Civil condenó al Shopping Abasto, ubicado en esta Capital, a indemnizar con 136.500 pesos a una clienta que sufrió un intento de robo en el estacionamiento de ese centro comercial.

La Sala E de la Cámara Civil ratificó la condena dictada en primera instancia por el juez Fernando Cesari en contra de la empresa "Alto Palermo S.A.", administradora del Shopping Abasto, por los hechos ocurridos el 30 de octubre de 2010.

La clienta, cuya identidad permanecerá en reserva, concurrió con su hijo a realizar compras, pero cuando se retiraba "fue víctima de un atropello provocado por unos desconocidos que intentaron robarle la cartera que llevaba colgada desde su hombro derecho".

La mujer "sintió un fuerte empujón en su costado derecho, lo que provocó que cayera hacia su izquierda en forma muy violenta, impactando su cara contra el piso, quedando obnubilada, mareada y confundida, sintiendo tirones de la correa de su cartera, que no pudieron robar ya que se encontraba debajo de su cuerpo".

Los camaristas Mario Calatayud, Juan Carlos Dupuis y Fernando Racimo ratificaron la responsabilidad del centro comercial en los daños que sufrió la clienta, especialmente los golpes en el rostro que, según declaró un testigo, lo tenía "muy lastimado" como consecuencia de la agresión.

"Se impone al prestador de servicios un deber de indemnidad de los usuarios y consumidores respecto de los daños que se encuentren causalmente vinculados a la actividad de aquél", dijo el fallo, citando bibliografía del presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti.

"El artículo 42 de la Constitución Nacional ha establecido que todo usuario y consumidor tiene derecho a encontrarse protegido frente a la existencia de una relación de consumo", resumió la resolución.