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Fundamentan las condenas por la golpiza y vejación en Capilla del Monte

Una mujer, su hermano y la madre de ellos recibieron 23 años de prisión. Golpearon, vejaron y casi mataron a un hombre al que acusaron por un abuso que jamás se comprobó. 

13 de diciembre de 2019 a las 04:37 p. m.
Fundamentan las condenas por la golpiza y vejación en Capilla del Monte
Desastre. La casa del hombre en Capilla del Monte quedó reducida casi a la nada luego de que los atacantes la incendiaran. (Canal 11 La Cumbre/ Archivo)

La Cámara en lo Criminal y Correccional de Cruz del Eje fundamentó las condenas a 23 años de prisión que impuso a una mujer, a su hermano y a la madre de ellos acusados de haber vejado, golpeado e intentado asesinar a un hombre de Capilla del Monte al que la primera lo había acusado por un supuesto abuso sexual contra su hija, algo que jamás se comprobó.

Flavia Silvana Saganias, Enrique Emiliano Saganias y Mónica Graciela Bonifacio recibieron 23 años de prisión por los delitos de homicidio agravado por el vínculo, por ensañamiento y por el concurso premeditado de dos o más personas, en grado de tentativa; abuso sexual con acceso agravado, en grado de tentativa; e incendio.

El tribunal, que estuvo integrado por ocho jurados populares, cuatro mujeres y cuatro varones, y tres jueces técnicos, una mujer y dos varones, en un fallo unánime, consideró probado que Flavia Saganias, por desavenencias con su expareja, “orquestó la denuncia del supuesto abuso sexual sufrido por su hija con única finalidad de perjudicar a Gabriel Luis Fernández y lograr que quede preso”.

Según la sentencia, la causa contra Fernández se archivó porque la niña, en sede judicial, no confirmó el abuso.

Entonces, la imputada Saganias planificó hacer lo que ella consideraba era “su propia justicia”. En este sentido, según la sentencia judicial, indujo e instigó a su madre, Mónica Bonifacio; a su hermano, Enrique Bonifacio, y a un tercer sujeto para que se trasladaran desde Buenos Aires hasta Capilla del Monte para quemar la casa y los bienes de su expareja; y para que, además, abusaran sexualmente de él y lo asesinaran.

El ataque brutal se produjo el domingo 13 de agosto de 2017, cuando el hombre fue atacado en su casa de Capilla del Monte, apuñalado, golpeado con palos y con hierros, vejado y atado a un árbol, donde sufrió una simulación de ejecución con un arma de fuego.

Desastre. La casa del hombre en Capilla del Monte quedó reducida casi a la nada luego de que los atacantes la incendiaran. (Canal 11 La Cumbre/ Archivo)
Desastre. La casa del hombre en Capilla del Monte quedó reducida casi a la nada luego de que los atacantes la incendiaran. (Canal 11 La Cumbre/ Archivo)

Para fundamentar la aplicación de la pena, el tribunal se basó en la gravedad del daño ocasionado a la víctima, la variedad de lesiones físicas y psicológicas sufridas, la pérdida de todos sus bienes materiales, como así también los motivos que los llevaron a cometer los delitos.

En tal sentido, el tribunal consideró especialmente reprochable la conducta desplegada por tratarse de un pretendido “caso de justicia por mano propia”, en el cual un grupo de personas se arrogó atribuciones que son exclusivas de la sociedad organizada y pretendieron cometer uno de los crímenes más graves y aberrantes.

“Independientemente de la existencia o no de un delito cometido por la víctima –que hasta ahora ha quedado descartado judicialmente, según se ha probado–, ningún justificativo, ni siquiera mínimo, se encuentra para haber actuado de esa manera y por el contrario ello hace también más reprochable las conductas”.