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Dictan condenas por narcomenudeo y rechazan pedido de inconstitucionalidad

El defensor de los acusados sostenía que esa cantidad de años era inconstitucional, en línea con un fallo del TSJ que deberá ser revisado por la Corte Suprema.

14 de febrero de 2017 a las 05:12 p. m.
Dictan condenas por narcomenudeo y rechazan pedido de inconstitucionalidad
TRIBUNALES II. De Córdoba (Raimundo Viñuelas/Archivo).
  • El defensor de los acusados dijo que esa cantidad de años era inconstitucional.
  • Se apoyó en un fallo del TSJ en el que había dicho que no era constitucional.

La Cámara en lo Criminal de 8ª Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a varias personas acusadas de narcomenudeo a cuatro años de prisión, como estipula la ley nacional de estupefacientes (23.737).

El fallo, adoptado por el tribunal unipersonal de Juan Manuel Ugarte, sigue la línea del planteo que elevó la Fiscalía general de la provincia a la Corte Suprema, luego de que el Tribunal Superior de Justicia declarara inconstitucional el artículo 5 inciso c de la ley, que establece un mínimo de cuatro años de prisión y un máximo de 15 años.

El asesor letrado de los acusados había solicitado la inconstitucionalidad de esa escala penal, según informó el Ministerio Público Fiscal (MPF) en su sitio de internet.

El abogado argumentó que mantener la pena mínima de cuatro años para los delitos de tráfico de menor gravedad ponía en evidencia una incoherencia sistémica que debía ser corregida en el juicio abreviado que se llevó adelante en esta Capital.

Para sostener su defensa, el abogado citó el fallo "Loyola, Sergio Alejandro p.s.a. comercialización de estupefacientes, etc. –recurso de inconstitucionalidad-" en el que el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) intervino.

El máximo tribunal provincial había declarado en ese momento la inconstitucionalidad de la escala penal para el último eslabón del comercio de estupefacientes y fijó por mayoría una sanción en abstracto de 3 a 10 años de prisión para esos casos de menor cuantía en lugar de 4 a 15 años de prisión para casos de mayor cuantía.

Otra postura

Sin embargo, el fiscal de Cámara expresó su rechazo al planteo de inconstitucionalidad de la defensa, algo que fue acogido por el juez interviniente.

El magistrado citó los fundamentos minoritarios del fallo "Loyola" del TSJ, y además, los argumentos vertidos por el fiscal General, Alejandro Moyano, quien presentó meses atrás un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como informó La Voz.

Moyano pedía que se revisara la declaración de inconstitucionalidad del mínimo de la escala penal para el último eslabón del comercio de drogas que había dispuesto el TSJ.

A partir de eso, el juez de la Cámara del Crimen entendió que luego de ese precedente se levantaban nuevos argumentos y que ellos están dados por el propio Congreso de la Nación al ratificar el mínimo de la escala penal mediante la sanción de la ley 23.702, que contempla de cuatro a 15 años de prisión.