Femicidio. Caso Dalmasso: un juez debe resolver ahora si es legal cómo obtuvieron el ADN de Bárzola
Mientras siguen las repercusiones por la destitución de tres de los fiscales que intervinieron en el caso, la defensa del actual imputado acusó al fiscal Pablo Jávega de “violar garantías constitucionales”.
Tras el jury que destituyó a tres de los fiscales del caso por el crimen de Nora Dalmasso, la causa sigue su derrotero por los despachos judiciales. En el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), está pendiente de resolución el tema de la prescripción.
En tanto, en el Juzgado de Control de Río Cuarto, hay dos planteos defensivos del último imputado, Roberto Marcos Bárzola. El primero es la oposición a la elevación a juicio y el segundo es un pedido de nulidad de prueba genética que lo incriminó.
El abogado de Bárzola, Zacarías Ramírez Rigo, reclamó la nulidad de la toma de muestras que le hicieron a su cliente. Denunció que el fiscal Pablo Jávega habría incurrido en una violación del derecho de defensa y debido proceso al disponer la toma de ADN de testigos como en “una excursión de pesca”.
Como se recordará, desde los inicios de la investigación, especialistas genéticos identificaron una huella genética NN, de un desconocido, en ocho muestras del cinto de la bata con el que estrangularon a Nora Dalmasso y en un pelo hallado sobre el cuerpo de la mujer. Recién en 2024, el fiscal Jávega comprobó que esos rastros se corresponden con el perfil genético de Bárzola.
“Se lo convocó bajo el ropaje de testigo y no bajo la condición real de persona sometida a sospecha estatal. (…) Nunca se le explicó que tenía derecho a negarse a producir prueba en su contra ni se le advirtió que los resultados del examen podrían ser utilizados para imputarle un delito de extrema gravedad”, sostuvo Ramírez Rigo.

Por este motivo, pidió la nulidad de todos los actos probatorios fundamentales de la instrucción de Jávega, específicamente de la extracción de material biológico y del cotejo pericial realizado a su defendido, así como del requerimiento de elevación a juicio realizado en su contra.
La defensa plantea “la doctrina del árbol ponzoñoso”
En el incidente de nulidad, la defensa expresa que Bárzola concurrió al domicilio de la familia Macarrón Dalmasso, de la Villa Golf, durante la semana comprendida entre el 21 y el 24 de noviembre de 2006.
El propio Bárzola admitió en testimonios haber concurrido al domicilio el sábado 25 por la mañana (ventana horaria del crimen). El parquetista dijo que abrió el pasador de la reja y entró con su moto a la entrada del domicilio, pero no ingresó a la casa porque nadie le abrió.
La defensa sostiene que Bárzola fue sometido “a una investigación inmediata, profunda y exhaustiva en los albores de la causa” y “el resultado de esta persecución penal fue concluyentemente negativo”.
Su principal cuestionamiento es que cuando Pablo Jávega comenzó a investigar, tras el juicio a Macarrón, “no basó sus pasos iniciales en la aparición de nuevos testimonios directos o indicios materiales (…), sino que implementó una estrategia de cotejos masivos”.
Rigo remarcó que cuando la fiscalía tomó el ADN de Bárzola, en octubre de 2022, “carecía absolutamente de cualquier indicio o sospecha previo o de una línea investigativa concreta que lo vincularan con el hecho por encima del resto de los operarios”.

Y denunció: “Se utilizó una carga pública propia del testigo para obtener prueba incriminante respecto de quien, en los hechos, ya era objeto de una pesquisa penal”, y que la toma de muestras “se llevó a cabo en absoluta ausencia de defensa técnica”.
Con todo, para Rigo la acusación en contra de Bárzola debe ser declarada de nulidad absoluta, porque habría sido fruto de “una maniobra” y no habría respetado la garantía de no autoincriminación.
El abogado agregó que la extracción de material biológico de Bárzola fue “una injerencia arbitraria” grave e “ilegítima”. “Si la raíz es espuria, el fruto no puede ser sano. La exclusión probatoria es aquí un mandato imperativo para restablecer las garantías conculcadas”, concluyó.
Enfático rechazo del fiscal Jávega
Frente a las acusaciones, el fiscal Jávega rechazó enfáticamente el planteo y subrayó que, cuando pidió los ADN, no tenía una sospecha contra Bárzola.
“Yo no lo traje engañado, le dije a esta y a todas las personas que estaban en el mapeo cuál era el objeto de la citación. Era público. Estaba tratando de determinar si el rastro detectado en el cinto de la bata podría haber llegado allí de manera accidental, si era una prueba para considerar o descartar”, explicó.
Jávega precisó que la lista de posibles aportantes se restringió a la última semana, por lo que no incluía a 200 personas sino a 81, entre las que figuran también las 27 personas a las que el fiscal Javier Di Santo les había hecho ADN para descartar contaminación.

“Esto lo han asociado en forma equivocada a lo que denominan 'excursión de pesca', como manifestación del derecho penal de autor, que es cuando el Estado persigue a una persona por sus condiciones personales, por pertenecer a una etnia, por su forma de pensar, sin que exista un acto, un hecho que se supone delictivo (…). No es lo que ocurre acá”, remarcó.
El fiscal agregó: “No existe un fraude procesal. Para que una persona tenga que ir con un defensor el Estado lo tiene que tener como sospechoso. Nosotros hicimos un trabajo exhaustivo para ver si podría darse una transferencia inespecífica. Cuando le dio positivo a Bárzola y no encontramos justificación legal, recién ahí el Estado tuvo una sospecha”.
Jávega detalló que, ante la primera sospecha, convocó inmediatamente a Bárzola para que conociera lo que había en su contra y pudiera declarar.
Recordó que se ordenó repetir los ADN como prueba pericial, para que pudiera controlar su muestra y el procesamiento. El imputado nombró dos abogados defensores, pero decidió no designar perito de control. Las pruebas confirmaron la presencia de su huella genética, pieza clave de la acusación en su contra.




