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Eventual. Trabajo de verano para adolescentes: desde qué edad lo permite la ley y cuáles son las condiciones

La legislación argentina fija desde qué edad se puede trabajar, qué requisitos deben cumplirse, cuántas horas están permitidas y cuánto corresponde cobrar.

15 de diciembre de 2025 a las 03:09 p. m.
Trabajo de verano para adolescentes: desde qué edad lo permite la ley y cuáles son las condiciones
La oferta de trabajo eventual aumentan durante la temporada de verano para los adolescentes. (Archivo)

Con la llegada del verano y el receso escolar, muchos adolescentes salen en busca de su primer trabajo, ya sea para ganar independencia económica, sumar experiencia laboral o generar ingresos extra durante las vacaciones.

Sin embargo, esta inserción temprana en el mercado laboral suele generar dudas entre padres, jóvenes y empleadores.

La legislación argentina establece un marco legal específico para proteger a quienes aún no alcanzaron la mayoría de edad, definiendo qué está permitido, qué no y bajo qué condiciones puede contratarse a un menor.

¿Desde qué edad se puede trabajar legalmente?

La Ley de Contrato de Trabajo fija como regla general que solo pueden trabajar en relación de dependencia las personas mayores de 18 años. No obstante, contempla una excepción para adolescentes.

La normativa distingue dos categorías:

  • Menores de 16 años: no pueden trabajar en ningún caso, ni con ni sin fines de lucro.
  • Adolescentes de 16 a 18 años: pueden trabajar si cuentan con autorización expresa de sus padres, tutores o responsables legales.
El trabajo adolescente durante el verano y la demanda de las empresas.
El trabajo adolescente durante el verano y la demanda de las empresas. (El trabajo adolescente durante el verano y la demanda de las empresas.)

Requisitos para contratar a un adolescente

Para que la relación laboral sea legal, es obligatorio presentar una autorización firmada por padres o tutores, que debe incluir:

  • Datos del empleador o la empresa
  • Domicilio donde se realizará la tarea
  • Días y horarios de trabajo
  • Remuneración acordada
  • Las firmas deben estar certificadas por escribano, entidad bancaria o autoridad policial.

Además, se requiere la siguiente documentación:

  • Copias certificadas del DNI del adolescente y de sus padres
  • Partida de nacimiento
  • Certificado de aptitud física
  • Constancia de alumno regular

En lo formal, el empleador debe cumplir los mismos requisitos que para un trabajador adulto: alta temprana, ART, obra social, examen preocupacional y recibos de sueldo.

Jornada laboral: cuántas horas pueden trabajar

La ley establece límites claros para proteger la salud y la escolaridad de los adolescentes:

  • Máximo de 36 horas semanales
  • Hasta 6 horas diarias
  • Prohibición de trabajar en horario nocturno:
  • De 20 a 6 en general
  • De 22 a 6 en establecimientos fabriles con tres turnos

Solo de manera excepcional puede ampliarse la jornada a 8 horas diarias o 48 semanales, pero requiere autorización expresa de la autoridad laboral.

El trabajo adolescente durante el verano y la demanda de las empresas.
El trabajo adolescente durante el verano y la demanda de las empresas. (El trabajo adolescente durante el verano y la demanda de las empresas.)

El trabajo no es incompatible con la escuela: el adolescente puede trabajar mientras cursa sus estudios.

Qué tareas pueden hacer y cuáles están prohibidas

Los adolescentes pueden realizar las mismas tareas que un adulto, siempre que no sean riesgosas, peligrosas o insalubres.

El empleador está obligado a brindar capacitación y elementos de seguridad adecuados.

Vacaciones: cuántos días corresponden

A diferencia de los adultos, los adolescentes tienen un beneficio específico:

Les corresponden al menos 15 días corridos de vacaciones, sin importar la antigüedad.

Salario: cuánto deben cobrar

La ley es clara en este punto: no puede haber discriminación salarial.

Si el adolescente realiza las mismas tareas y cumple la misma jornada que un adulto, debe cobrar igual remuneración.

Si trabaja menos horas, el salario debe ser proporcional.

También corresponde el pago de aguinaldo, adicionales de convenio y aportes.

Trabajo en empresas familiares: la excepción

Existe un régimen especial para quienes trabajan en negocios familiares:

  • Pueden hacerlo desde los 14 años
  • Con un máximo de 3 horas diarias o 15 semanales
  • Solo en tareas no peligrosas
  • Manteniendo la escolaridad

En estos casos también se requiere autorización de la autoridad laboral.

Qué pasa si el trabajo no está registrado

El empleo de menores de 16 años está prohibido, pero si ocurre, el menor no pierde derechos: puede reclamar salarios, aguinaldo e indemnizaciones.

Para adolescentes de 16 a 18 años, el trabajo no registrado tiene las mismas consecuencias legales que para un adulto, con multas y sanciones para el empleador.

Trabajo de verano: qué tipo de contrato corresponde

La ley no prevé un régimen especial por temporada. Durante el verano, los adolescentes pueden ser contratados bajo:

Contrato de temporada, si la actividad se concentra en ciertos meses

Contrato eventual, para cubrir necesidades puntuales

En todos los casos deben respetarse la edad mínima, la autorización familiar, la jornada reducida y el registro formal.