
Bornoroni-Juez, un acuerdo local que debe pasar el tamiz de los Milei
Por
Redacción La Voz
La Caja de Jubilaciones de Córdoba apelará ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) el fallo de la Cámara Contencioso Administrativa de 3ª Nominación que declaró inconstitucional las normas reglamentarias que trasladan a los jubilados provinciales el aumento de aportes dispuesto originalmente para los trabajadores activos en el marco de la Ley de Equidad Jubilatoria que en diciembre pasado impulsó el gobernador Martín Llaryora.
El fallo de la Cámara –firmado por las vocales María Eugenia Acuña de Maldonado y María Martha del Pilar Angeloz de Lerda– hizo lugar a una acción de amparo presentada por una jubilada de la Municipalidad de Córdoba, patrocinada por el estudio Gentile Saravia.
Se trató de la primera sentencia de fondo sobre el tema, luego de distintos pronunciamientos previos que sólo habían abordado medidas cautelares.

El fallo de la Cámara Contencioso Administrativa de 3ª Nominación generó preocupación en el Centro Cívico, porque se trata de una decisión sobre la inconstitucionalidad de la denominada “reforma previsional” que impulsó a fines del año pasado el gobernador Llaryora, que tuvo dos objetivos: achicar el déficit de la Caja de Jubilaciones, y por otro, según los argumentos del mandatario provincial, hacer “más equitativos” los ingresos del sector pasivo provincial.
Más allá de la preocupación política que generó el fallo en el Gobierno provincial, teniendo en cuenta que se trata de una iniciativa importante para la gestión llaryorista, desde la Caja de Jubilaciones aseguran que están “confiados” en que el Tribunal Superior de Justicia revertirá el fallo de la Cámara.
Si el titular de la Caja de Jubilaciones, Adrián Daniele, prefirió no hacer declaraciones sobre esta sensible cuestión, el equipo de juristas del organismo provincial argumentó que la Cámara Contencioso Administrativa no tuvo en cuenta el aspecto de “la proporcionalidad” que debe existir entre el salario de un activo y el haber de un jubilado.
“Hay un aspecto del fallo que es importante. El Cámara reconoció la validez constitucional de la declaración de emergencia previsional y de la facultad legislativa de imponer mayores aportes al personal en actividad, destacando y reconociendo la existencia de una grave crisis estructural del sistema previsional provincial”, dijo una fuente oficial de la Caja de Jubilaciones.
El argumento central de la apelación del organismo provincial es que al subir los aportes de los activos, en este caso, de los trabajadores de la Municipalidad de Córdoba, si no se le aplica la misma regla con los jubilados, se afectarían “la proporcionalidad” que sostiene la Constitución provincial.
“Mantener la proporcionalidad entre el haber del pasivo y la remuneración líquida del activo no constituye una mera opción interpretativa, sino un mandato legal, de fuente constitucional, que se deriva de modo directo de uno de los principios estructurales del régimen previsional cordobés, el ya invocado Principio de Proporcionalidad (artículo 57 de la Constitución Provincial”, indicó una fuente del equipo jurídico de la Caja.
La controversia que generó el fallo de la Cámara surgió a partir de la aplicación de la Ley de Emergencia N° 11.087, mediante la cual el Gobierno provincial habilitó un incremento de hasta el 8% en los aportes personales de los trabajadores activos para sostener el sistema previsional.
Sin embargo, luego, a través del Decreto 268/2025 y de la Resolución 496/2025, la gestión llaryorista extendió ese esquema a los jubilados, generando una reducción adicional sobre los haberes previsionales.
De allí, que la Cámara atendió el pedido de inconstitucionalidad que hizo la jubilada municipal, por entender que no se puede afectar los haberes de los jubilados a través de un decreto o resoluciones.
Sin embargo, en la Caja de Jubilaciones tienen otra interpretación, y confían que el Tribunal Superior les de la razón.
“Una vez modificada legalmente la composición del haber líquido del activo mediante la incorporación de aportes previsionales obligatorios adicionales, el impacto sobre el haber del pasivo deriva necesariamente de la propia lógica constitucional de proporcionalidad que fundamenta al sistema de repartos cordobés”, expresaron desde la Caja, aclarando que la suba del aporte del 8% afecta a sólo 6.000 de los 116 mil jubilados provinciales.
Ahora el Tribunal Superior de Justicia deberá tomar una decisión sensible. Si ratifica el fallo de la Cámara, sería un problema grave para la gestión de Llaryora, porque se caería una parte de la reforma previsional.
El TSJ ya debe resolver sobre dos amparos presentados en contra de la aplicación de esta norma que fue aprobada por la Legislatura.
Por otro lado, luego de varios meses de negociación con la Anses, con la Corte Suprema de Justicia como intermediaria, el año pasado, el gobernador Martín Llaryora llegó a un acuerdo con la Nación para subir de $ 5.000 millones mensuales a $ 10.000 millones a partir de mayo.
Fuentes de la Caja de Jubilaciones informaron ayer que la Anses cumplió en enviar el miércoles pasado la primera cuota de $ 10 mil millones como se acordó.
La Provincia tiene dos demandas presentadas ante la Corte Suprema contra la Anses, que siguen vigentes. El máximo tribunal ya determinó que el organismo nacional adeuda más de $ 271 mil millones de pesos a la Caja de Jubilaciones, más actualizaciones.