¿Por qué no se habla de discapacidad?
Excluir del acceso al trabajo a las personas con discapacidad es un atentado a los derechos humanos. No debe permitirse.
Estamos en el siglo 21 y es inaceptable que las políticas públicas sigan invisibilizando a las personas con discapacidad. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación busca superar, desde lo jurídico, el concepto que se arraigó con una mirada vinculada a la salud y a la enfermedad.
Hoy el criterio se asienta en una perspectiva social. Incluso resulta ilustrativo repasar la evolución que el término “discapacidad” tiene en el Diccionario de la Real Academia Española, que evidencia un salto cuántico al respecto.
El Código Civil y Comercial de la Nación establece una nueva exigencia: la renovación periódica de los certificados únicos de discapacidad (CUD), y establece un sistema de apoyos para dar mayor autonomía a las personas con discapacidad, que es lo que corresponde.
La situación durante la pandemia por el vencimiento de los CUD implicó que muchos dejaran de percibir sus pensiones. Irrazonable.
Nadie avisó a las familias de que se había instaurado un sistema nuevo, que hoy tiene reclamos innumerables.
El objetivo del Código Civil es verificar la autonomía que alcanzaron las personas con discapacidad y es razonable que ese control sea periódico, porque hay situaciones que pueden evolucionar, otras involucionar o aquellas extremas que no reconocen posibilidad de progreso y autonomía, para adoptar las medidas que correspondan.
Precisamente, los familiares de personas que no tienen posibilidades de adquirir algún grado de autonomía piden que la duración del certificado se extienda o sea permanente. Los trámites son lentos, los juzgados están colapsados por lo que dejó la pandemia y el sistema procedimental nuevo, y se quita tiempo esencial a la familia o a la persona con discapacidad. Y el Estado no dispuso fondos para agilizar el proceso.
Los avances tecnológicos demandan información clara del Estado, que no aparece. Y esto se agrava en las pequeñas comunidades. No resulta demasiado complicado tomar las medidas para que cada persona acceda a la renovación de su CUD con un trámite sencillo. No hay voluntad, y damos las pruebas: en la Legislatura de Córdoba, duerme un sueño injusto un proyecto para instaurar la defensoría de las personas con discapacidad, en el que todos los grupos estaban de acuerdo. Hoy no aparece. La nafta que se dona con generosidad, los autos que se reparten sin criterio serían herramientas para posibilitar que las personas con discapacidad accedan a tratamientos, escolaridad, esparcimiento. No pasa.
La ley 10.728 de Capacitación en temas de Discapacidad, o de Inclusión, ha sido reglamentada, está vigente y en su mayor parte es operativa. Lo único que hace este decreto es burocratizar de modo sorprendente la tarea. La finalidad de la ley resulta irrespetada por la reglamentación generada en el Ministerio de Salud. Así se concreta el retroceso al paradigma: discapacidad es igual a enfermedad. La Subsecretaría de Discapacidad, autoridad de aplicación, ha sido llamada por la Legislatura a rendir cuentas de lo hecho. ¿Qué dijo?
El Poder Ejecutivo convoca a concursos para ocupar cargos en la administración pública, pero (siempre hay un pero cuando se trata de situaciones de discapacidad) parece que no quiere aplicar la ley 5.624, sancionada en 1973, que establece la obligatoriedad de convocar a las personas con discapacidad para que ingresen por concurso a la gestión del Estado.
Este llamado a “concurso” tiene un problema: para cargos que impliquen un ascenso, hay que ser empleado de la administración. Un acto discriminatorio, porque ¿cómo ascienden los empleados con discapacidad o como ingresan por concurso, si no los hay?
Tanto el Ejecutivo como el Legislativo no informan el número de empleados con discapacidad, sus cargos ni los ascensos.
Excluir del acceso al trabajo a las personas con discapacidad es un atentado a los derechos humanos. No debe permitirse.
* Docente universitaria

